Resoluciones 2013-027. Resolución 2013-027 - Apruébase el Instructivo de Remate y Venta Directa de Envíos Club Correos

Número de Boletín900
SecciónResoluciones
EmisorEmpresa Pública Correos del Ecuador CDE E.P.
Fecha de la disposición28 de Enero de 2013

LA GERENCIA GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA CORREOS DEL ECUADOR CDE E.P.

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 226, establece que: Las Instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras y servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 324 de 14 de abril de 2010, publicado en el Registro Oficial No. 184 de 03 de mayo de 2010, el señor Presidente Constitucional de la República del Ecuador, crea la Empresa Pública Correos del Ecuador CDE E.P., como Operador Público del Servicio Postal Oficial del Ecuador; persona jurídica de derecho público, con patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa y de gestión, con domicilio principal en Quito, Distrito Metropolitano, provincia de Pichincha;

Que, el Directorio de la Empresa Pública Correos del Ecuador, mediante Resolución No. DIR-CDE-EP-2010- 001-OR de 21 de abril de 2010, nombró al Lcdo. Roberto José Enrique Cavanna Merchán, como Gerente General de la Empresa Pública Correos del Ecuador CDE E.P.;

Que, el Art. 11, numeral 8, de la Ley Orgánica de Empresas Públicas textualmente dispone:

Art. 11 "DEBERES Y ATRIBUCIONES DEL GERENTE GENERAL.- El Gerente General, como responsable de la administración y gestión de la empresa pública, tendrá los siguientes deberes y atribuciones:

Aprobar y modificar los reglamentos internos que requiera la empresa, excepto el señalado en el numeral 8 del artículo 9 de esta Ley.";

Que, mediante Memorando No. 2012-GIP-242-CDE EPPIC de 8 de enero de 2013, la Asesora de Subgerencia General, solicita al Gerente General, designe a quien corresponda, la elaboración de la Resolución correspondiente, a fin de que se apruebe el Instructivo de Remate y Venta Directa de Envíos Club Correos;

Que, el Gerente General, mediante nota inserta el 24 de enero de 2012, en Hoja de Trámite No. 258-13 de 4 de enero de 2013, dispone a la Dirección Nacional Jurídica, proceda con la elaboración de la resolución correspondiente; y,

En uso de las facultades legales previstas en el Art. 11, numeral 18 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas:

Resuelve:

Art. 1 Aprobar el Instructivo de Remate y Venta Directa de Envíos Club Correos, de la Empresa Pública Correos del Ecuador CDE E.P.:

INSTRUCTIVO

REMATE Y VENTA DIRECTA DE ENVÍOS CLUB

CORREOS CDE EP-OPE-CLC-IN001

  1. OBJETIVO

    Establecer el procedimiento para el remate y venta directa del contenido de los envíos Rezagados declarados en Abandono del servicio Club Correos.

  2. ALCANCE

    El presente instructivo tiene alcance y aplicabilidad para todo el personal que conformará la Junta de Remate y venta directa.

  3. GLOSARIO DE TÉRMINOS

    En este instructivo se tomaran en consideración el siguiente glosario de términos:

    Subasta: Venta pública de bienes que se hace al mejor postor.

    Remate: Adjudicación que se hace de los bienes que se venden en subasta o venta pública al comprador de mejor puja y condición.

    Venta Directa: Adjudicación de un bien sin un proceso de remate y a un precio previamente establecido.

    Envíos rezagados: Es todo paquete, mercadería o correspondencia que haya superado el plazo de treinta (30) días calendario en Bodega sin ser retirada por su titular, contados a partir de la cancelación de las obligaciones al SENAE por parte de Correos del Ecuador CDE E.P.

    Envíos declarados en Abandono: Es todo paquete, mercadería o correspondencia que haya superado el plazo de ciento ochenta (180) días calendario en Bodega sin ser retirada por su titular, contados a partir de la cancelación de las obligaciones al SENAE por parte de Correos del Ecuador CDE E.P.

  4. RESPONSABILIDADES

    Presidente de la Junta de Remate y Venta Directa:

    Presidir las sesiones de la Junta.

    Posesionar a los miembros.

    Convocar a los miembros de la Junta, para que asistan a las sesiones.

    Nombrar al Secretario ad-hoc.

    Miembros de la Junta de Remate y Venta Directa:

    Elaborar y aprobar el listado de los envíos rezagados declarados en abandono que deban ser rematados o vendidos.

    Solicitar la convocatoria respectiva a la ciudadanía para su participación en el acto de remate o venta directa de los envíos rezagados declarados en abandono.

    Solicitar la publicación del listado de los envíos a rematarse o venderse en la página Web de Correos del Ecuador CDE E.P. para el conocimiento de sus titulares.

    Establecer y aprobar el valor base del objeto a rematarse o venderse.

    Rotular los productos para exhibición con las características de la especie o género y el precio.

    Exhibir los productos al público en el lugar, fecha y hora que señale la junta.

  5. LINEAMIENTOS

    Conformación de la Junta de Remate y Venta directa

    La Junta de Remate y Venta Directa deberá estar conformada por las siguientes personas:

    El representante legal o su delegado, quien la presidirá.

    El responsable o encargado de la Dirección Nacional de Administración de Tesorería.

    El responsable o encargado de la Dirección Nacional de Enlace Internacional.

    El responsable...

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