Recurso 648-2010 - Recursos de casación de los juicios interpuestos por las siguientes personas naturales y/o jurídicas: Manuel Alfonso Santos Quisataxi contra Municipio de Guaranda

Fecha de disposición17 Noviembre 2010
Fecha de publicación25 Abril 2013
Número de registro648-2010
Número de Gaceta435-Edición Especial

Juicio No. 296-07 ex 1era sala Mas

ACTOR: Manuel Santos.

DEMANDADO: Municipio de Guaranda.

JUEZ PONENTE: Dr. Manuel Sánchez Zuraty.

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

SALA DE LO CIVIL MERCANTIL Y FAMILIA

Quito, 17 de noviembre del 2010; las 17h35.

VISTOS. (No. 296-2007 ex 1era sala Mas).- Conocemos la presente causa como Jueces de la Sala de lo Civil, Mercantil y Familia de la Corte Nacional de Justicia, en mérito a lo dispuesto en la segunda disposición transito del Código Orgánico de la Función Judicial publicado en el suplemento del Registro Oficia1 No. 544 de 9 de marzo del 2009; en el numeral 4, literales a) y b), del apartado IV DECISIÓN, de la Sentencia interpretativa 001-08-SI-CC, dictada por la Corte Constitucional el 28 de noviembre de 2008, publicada en el Registro Oficial No. 479 de 2 de diciembre del mismo año, debidamente posesionados el día 17 de diciembre del 2008, ante el Consejo Nacional de la Judicatura; y, en concordancia con el Art. 5 de la Resolución Sustitutiva tomada por el Pleno de la Corte Nacional de Justicia tomada en sesión de 22 de diciembre del 2008, publicada en el Registro Oficial No. 511 de 21 de Enero del 2009; y, los artículos 184 de la Constitución de la República del Ecuador y 1 de la Ley de Casación.- En lo principal, la parte demandada, Municipio del Cantón Guaranda, representado por Lic. Alberto Coles Tibanlombo y Dr. Napoleón Ulloa Lara, en sus calidades de Alcalde y Procurador Síndico, respectivamente, en el juicio ordinario de indemnización por cuasi delito y daño moral propuesto por Manuel Alfonso Santos Quisataxi, deduce recurso de casación contra la sentencia dictada por la Sala Especializada de lo Civil, Mercantil, Inquilinato y Materias Residuales de la Corte Superior de Justicia de Guaranda, el 31 de octubre de 2007, las 08h55 (fojas 79 y 80 del cuaderno de segunda instancia), que confirma la sentencia de primera instancia pero modificándola en cuanto al valor de la indemnización. El recurso se encuentra en estado de resolución, para hacerlo, se considera: PRIMERO. Esta Sala es competente para conocer y resolver la presente causa en virtud de la Disposición Transitoria Octava de la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, las normas señaladas en la parte expositiva del presente fallo y la distribución en razón de la materia, hecha mediante Resolución del Pleno de la Corte Nacional de Justicia en sesión realizada el día 22 de diciembre de 2008, publicada en Registro Oficial No. 511 de 21 de enero de 2009.- El recurso de casación ha sido calificado y admitido a trámite mediante auto de 21 de abril del 2008, las 11h35.- SEGUNDO. En virtud del principio dispositivo contemplado en el Art. 168, numeral 6 de la Constitución de la República del Ecuador, desarrollado en el Art. 19 del Código Orgánico de la Función Judicial, son los recurrentes quienes fijan los límites del análisis y decisión del Tribunal de Casación.- TERCERO.- El peticionario considera infringidas las siguientes normas de derecho: Artículos 1567, 1575, 22...

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