Recurso 233-2010 - Recursos de casación en los juicios interpuestos por las siguientes personas naturales y/o jurídicas: Dr. Carlos Humberto Gamboa en contra de Carmen Dorila Cruz Pico y otros

Número de Boletín23-Edición Especial
SecciónRecursos
EmisorCorte Nacional de Justicia Sala de lo Civil, Mercantil y Familia
Fecha de la disposición14 de Abril de 2010

Juicio No. 191-2008 Ex 3ª. Sala B.T.R.

Actores: Doctor Carlos Humberto Gamboa, Mandatario de los Cónyuges Dionisio Eulises Fiallos y Rosa Claudia Gómez Garnica.

Demandados: Carmen Dorila Cruz Pico y otros.

Juicio: Ordinario.

Asunto: Reivindicación.

Juez Ponente: Doctor Manuel Sánchez Zuraty.

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

SALA DE LO CIVIL, MERCANTIL Y FAMILIA

Quito, abril 14 de 2010; las 17h30.

VISTOS: Conocemos la presente causa como Jueces de la Sala de lo Civil, Mercantil y Familia de la Corte Nacional de Justicia, en virtud de lo dispuesto en la Segunda Disposición Transitoria del Código Orgánico de la Función Judicial, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 544, de 9 de marzo de 2009; en el numeral 4, literales a) y b), del apartado IV, DECISIÓN, de la Sentencia Interpretativa 001-08-SI-CC, dictada por la Corte Constitucional, el 28 de noviembre de 2008, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 479, de 2 de diciembre del mismo año, debidamente posesionados, el día 17 de diciembre del año que precede, ante el Consejo Nacional de la Judicatura; y, en concordancia con el artículo 5 de la Resolución Sustitutiva aprobada por el Pleno de la Corte Nacional de Justicia, en sesión de 22 de diciembre de 2008, publicada en el Registro Oficial No. 511 de 21 de enero de 2009; y, los artículos 184, numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador y 1 de la Ley de Casación. En lo principal, el actor doctor Carlos Humberto Gamboa, mandatario de los cónyuges Dionisio Eulises Fiallos y Rosa Claudia Gómez Garnica, en el juicio ordinario por reivindicación que sigue contra Carmen Dorila Cruz Pico y otros, deduce recurso de casación contra la sentencia dictada por la Sala de lo Civil, Mercantil, Inquilinato y Materias Residuales de la Corte Superior de Tungurahua, el 16 de julio de 2008, las 10h14 (fojas 38 a 40 del cuaderno de segunda instancia), que acepta el recurso de apelación y desecha la demanda. El recurso se encuentra en estado de resolución, para hacerlo, se considera: PRIMERO.- Esta Sala es competente para conocer y resolver la presente causa en virtud de la Disposición Transitoria Octava de la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, las normas señaladas en la parte expositiva del presente fallo y la distribución en razón de la materia, hecha mediante Resolución del Pleno de la Corte Nacional de Justicia en sesión realizada el día 22 de diciembre de 2008, publicada en Registro Oficial No. 511 de 21 de enero de 2009. El recurso de casación ha sido calificado y...

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