Recursos 882-2009. Recursos de casación en los juicios penales seguidos en contra de las siguientes personas: Jorge Ramiro Changoluisa Farinango y otro

Número de Boletín62-Edición Especial
SecciónRecursos
EmisorCorte Nacional de Justicia
Fecha de la disposición 1 de Diciembre de 2009

Juicio Penal No. 288-2009, seguido en contra de JORGE RAMIRO CHANGOLUISA FARINANGO y NELSON RODRIGO CHANGOLUISA FARINANGO, como autores del delito tipificado y sancionado en el Art. 463 del Código Penal.

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

SEGUNDA SALA DE LO PENAL

Quito, 01 de diciembre del 2009.- Las 09h00.

VISTOS: Avocamos conocimiento de la presente causa en calidad de Jueces de la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia.- En lo principal, los recurrentes Jorge Ramiro Changoluisa Farinango y Nelson Rodrigo Changoluisa Farinango, interponen recurso de casación de la sentencia dictada por el Tribunal Penal de Cotopaxi, que los declara autores del delito tipificado, y sancionado en el Art. 463 del Código Penal, en concordancia con el artículo 42 del mismo cuerpo legal y en armonía con lo dispuesto en el numeral 2 del Art. 23 de la Constitución Política del Estado, imponiéndoles la pena modificada de treinta días de prisión correccional y multa de seis dólares de los Estados Unidos de América. Concluido el trámite y siendo el estado de la causa, el de resolver, para hacerlo se considera: PRIMERO: Esta Segunda Sala Especializada de lo Penal es competente para conocer y resolver este recurso de casación, en virtud del Art. 184 de la Constitución de la República del Ecuador, vigente a partir del 20 de octubre de 2008, publicada en el Registro Oficial No. 449; por lo dispuesto en los literales a) y b) del numeral 4 de la Sentencia Interpretativa: 001-08-SI-CC, de fecha 28 de noviembre de 2008, dictada por la Corte Constitucional de la República, publicada en el Registro Oficial No. 479, de 2 de diciembre de 2008; por el Art. 349 del Código de Procedimiento Penal y por sorteo de 7 de enero de 2009. SEGUNDO: A fojas 3 a 4 vta. del cuadernillo de casación, los recurrentes Jorge Ramiro Changoluisa Farinango y Nelson Rodrigo Changoluisa Farinango, realizan un análisis desde su particular punto de vista de las actuaciones probatorias practicadas en esta causa y a continuación fundamentan el recurso de casación expresando en lo principal: Que se ha infringido los Arts. 85, 86 del Código de Procedimiento Penal por cuanto en la sentencia dictada por el Tribunal no se ha apreciado las pruebas actuadas y el Art. 304-A, 309 numeral 5 de este Código procesal. TERCERO: El señor Representante del Ministerio Público, contestando al traslado con la fundamentación del recurso de casación, luego de realizar el respectivo análisis de la sentencia impugnada...

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