Resoluciones. JPRF-A-2021-002 Convalídense varias resoluciones

Número de Boletín632
SecciónResoluciones
EmisorJUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
Jueves 3 de febrero de 2022 Registro Ocial Nº 632
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Junta de Política y Regulación Financiera
Resolución No. JPRF-A-2021-002
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
CONSIDERANDO:
reformatoria al Código Orgánico Monetario y Financiero para la defensa de la dolarización, publicado
en el suplemento del Registro Oficial No. 443, de 3 de mayo de 2021, se creó la Junta de Política y
Regulación Financiera como parte de la Función Ejecutiva, responsable de la formulación de la
política y regulación crediticia, financiera, de valores, seguros y servicios de atención integral de
salud prepagada;
Que, el referido artículo 13 dispone que la Junta de Política y Regulación Financiera estará
conformada por tres miembros a tiempo completo. La Junta de Política y Regulación Financiera
elegirá de entre sus miembros al Presidente y un Presidente subrogante, para un período de dos
años, pudiendo ser reelegidos. Y el inciso final agrega que: “Participarán en las deliberaciones de la
Junta de Política y Regulación Financiera, con voz pero sin voto, el Presidente de la Junta de Política
y Regulación Monetaria, el Superintendente de Bancos, el Superintendente de Compañías, Valores
y Seguros, el Superintendente de Economía Popular y Solidaria, el Presidente del Directorio de la
Corporación de Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados; y, un
delegado del ente rector de las finanzas públicas.”;
Que, el artículo 14.1 números 20 y 22 del COMYF dispone que, para el desempeño de sus funciones,
la Junta de Política y Regulación Financiera tiene que cumplir los siguientes deberes y ejercer las
siguientes facultades, entre otras, “20. Expedir el reglamento de funcionamiento de la Junta de
Política y Regulación Financiera y el Código de Ética” y “22. Nombrar al Secretario Técnico de la
Junta de Política y Regulación Financiera;”;
Que, en sesión de 14 de octubre de 2021 la JPRF resolvió normar los elementos mínimos que
contendrán las resoluciones de este cuerpo colegiado (Resolución innumerada) y elegir a la
economista María Paulina Vela Zambrano como Presidente y a la economista Catalina Pazos
Chimbo como Presidente subrogante, para el período de dos años, de acuerdo con la normativa
vigente (Resolución No. JPRF-A-2021-001 de 14 de octubre de 2021);
Que, en sesión de 11 de noviembre de 2021 la JPRF aprobó el Código de Ética de la Junta de
Política y Regulación Financiera (Resolución No. JPRF-2021-0001);
Que, las convocatorias efectuadas a dichas sesiones se realizaron exclusivamente a los miembros
con voto, a saber: María Paulina Vela, Catalina Pazos e Iván Velástegui, sin convocar a las
autoridades previstas en el inciso final del artículo 13 del COMYF;
Que, para que la convocatoria goce de legalidad y validez se debe contar con todos los miembros
(incluidas las autoridades sin voto) ya que la norma no distingue si la participación de estas
autoridades debe darse sólo para la emisión de regulación con efectos generales y, no así para
adoptar decisiones de carácter interno o administrativo;
Que, donde la Ley no distingue en principio no cabe que tal distinción se realice: “Ubi lex non
distinguit, nec nos distinguere debemus”;
Que, las resoluciones internas antes mencionadas adolecen de un vicio en la convocatoria
susceptible de convalidación, ya que ninguno de dichos actos es contrario a la Constitución y a la
ley; no violan los fines para los que el ordenamiento jurídico otorgó competencia a la JPRF; se
dictaron dentro de las potestades y competencia que el COMYF atribuye a la JPRF; no determinan
actuaciones imposibles de ser cumplidas; y, no se originan en hechos que constituyan infracción
penal declarada en sentencia judicial ejecutoriada;

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