Resoluciones. JPRF-G-2022-015 Apruébese el presupuesto del Banco de Desarrollo del Ecuador B.P, correspondiente al ejercicio económico del año 2022

Número de Boletín636
SecciónResoluciones
EmisorJUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
Miércoles 9 de febrero de 2022 Tercer Suplemento Nº 636 - Registro Ocial
42
Resolución No. JPRF-G-2022-015
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 226, prescribe que las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la Ley;
Que, el artículo 280 de la Constitución de la República define al Plan Nacional de Desarrollo como el
instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos, así como la programación
y ejecución del presupuesto del Estado;
al Sistema Nacional de Finanzas Públicas (SINFIP), señala: “Todas las enti dades, instituciones y
organismos comprendidos en los artículos 225, 297 y 315 de la Constitución de la República se sujetarán
al SINFIP, en los términos previstos en este código, sin perjuicio de la facultad de gestión autónoma de
orden administrativo, económico, financiero, presupuestario y organizativo que la Constitución o las leyes
establecen para determinadas entidades”;
presupuestos de las entidades y organismos señalados en ese cuerpo legal entrarán en vigencia y serán
obligatorios a partir del 1 de enero de cada año;
Que, el artículo 101 ut supra, dispone: “En la formulación de las proformas presupuestarias del sector
público, incluidas las de las empresas públicas, gobiernos autónomos descentralizados, banca pública y
seguridad social, se observarán obligatoriamente las normas técnicas, directrices, clasificadores y
catálogos emitidos por el ente rector del SINFIP”;
Que, mediante el artículo 13 del Código Orgánico Monetario y Financiero, Libro 1, se creó la Junta de
Política y Regulación Financiera, como parte de la Función Ejecutiva, como una persona jurídica de
derecho público, con autonomía administrativa, financiera y operativa, responsable de la formulación de
la política y regulación crediticia, financiera, de valores, seguros y servicios de atención integral de salud
prepagada; y, se determinó su conformación;
Que, el artículo 14.1, numeral 14, literal a) del Código Orgánico Monetario y Financiero, Libro 1, establece
como función de la Junta de Política y Regulación Financiera, aprobar anualmente el presupuesto de las
entidades del sector financiero público, sus reformas, así como regular su ejecución;
Que, en la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, Libro l "Sistema
Monetario y Financiero", Título ll "Sistema Financiero Nacional", Capítulo XXXIII "Del Gobierno y
Administración del Sector Financiero Público", Sección III "Del Sector Financiero Público Capital
Presupuesto", Subsección I, constan las Normas de Gestión Presupuestaria para las Enti dades del Sector
Financiero Público;
Que, el 27 de septiembre de 2021 el Ministerio de Economía y Finanzas emitió las directrices para la
programación y formulación del Presupuesto General del Estado correspondiente al ejercicio fiscal 2022
y la Programación Presupuestaria Cuatrianual 2022-2025. Dentro de ese instrumento, el acápite 4.2.2.,
desarrolla los lineamientos para los presupuestos de la banca pública;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR