Resoluciones. JPRF-G-2022-020 Apruébese el presupuesto del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social - BIESS

Número de Boletín5
SecciónResoluciones
EmisorJUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
Jueves 17 de febrero de 2022Registro Ocial 5
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Resolución No. JPRF -G-2022-020
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su art ículo 226, prescribe que las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solament e
las competencias y facultades que les sean atribui das en la Constitución y la Ley;
Que, el artículo 280 de la Constitución de la República define al Plan Nacional de Desarrollo como
el instrumento al que se sujetarán las políticas, program as y proyectos públicos, así como la
programación y ejecución del presupuesto del Estado;
Que, el inciso segundo del artículo 70 ibídem, respecto al Sistema Nac ional de Finanzas Públicas,
señala: “Todas las entidades, instituci ones y organismos comprendidos en los artículos 225, 297 y
315 de la Constitución de la Repúbli ca se sujetarán al SINFIP, en los términos previstos en este
código, sin perjuicio de la fac ultad de gestión autónoma de orden administrativo, económi co,
financiero, presupuestario y organi zativo que la Constitución o las leyes establecen para
determinadas entidades”;
Que, el artículo 109 del Código Orgánico de Planif icación y Finanzas Públicas ordena que los
presupuestos de las entidades y organism os señalados en ese cuerpo legal entrarán en vi gencia y
serán obligatorios a partir del 1 de enero de cada año;
Que, el artículo 101 ut supra, dispone: “En la formulación de las proformas presupuestarias del sector
público, incluidas las de las empresas públ icas, gobiernos autónomos descentrali zados, banca
pública y seguridad social, se observ arán obligatoriamente las normas técnicas, dir ectrices,
clasificadores y catálogos emitidos por el ente rector del SINFIP”;
Que, mediante el artícul o 13 del Código Orgánico Monetario y Financi ero, Libro 1, se creó la Junta
de Política y Regulación Financi era - JPRF, como parte de la Función Ejecutiva, como una persona
jurídica de derecho público, con autonomía administrativa, financiera y operativa, responsable de la
formulación de la política y regulación crediticia, financier a, de valores, seguros y servicios de
atención integral de salud prepagada; y, se determi nó su conformación;
Que, el artículo 14.1, numer al 14, literal a) del Código Orgánico Monetario y Financiero establece
como función de la Junta de Polí tica y Regulación Financiera, aprobar anualm ente el presupuesto
de las entidades del sector financiero públic o, sus reformas, así como regular su ejecución;
Que, en la Codificación de Resoluciones Monetarias, Fi nancieras, de Valores y Seguros, Libro l
"Sistema Monetario y Financiero", Títul o ll "Sistema Financiero Nacional", Capítulo XXXIII "Del
Gobierno y Administración del Sect or Financiero Público", Sección III "D el Sector Financiero Público
Capital Presupuesto", Subsección I , constan las Normas de Gestión Presupuestaria para las
Entidades del Sector Financiero Públi co;
Que, el Capítulo XXXIII "Del Gobierno y Administración del Sector Financi ero Público", Sección III
"Del Sector Financiero Público Capital Presupuesto", Subsección I, fue renumerado por el artículo 2
de Resolución de la Junta de Polític a Monetaria y Financiera No. 647-2021-F, publi cada en Registro
Oficial Nro. 415 de 22 de marzo del 2021;

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