Juicio de expropiación seguido por el GADM de Guayaquil en contra del señor David Arteaga o a quiénese se crean con derechos reales (2da. publicación)

Fecha de publicación17 Julio 2019
Número de Gaceta532
46 – Miércoles 17 de julio de 2019 Registro O cial Nº 532
Certi co: Que la fotocopia que antecede es el y exacta del
original que reposa en los archivos de la SEPS.- 26 de junio
de 2019.- f.) Ilegible.
REPUBLICA DEL ECUADOR
CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL
A DAVID ARTEGA o a QUIÉNES SE CREAN CON
DERECHOS REALES
LE HAGO SABER: Que mediante sorteo de ley, ha
correspondido a esta Unidad Judicial Civil de Guayaquil,
el Juicio Expropiación No. 09310-1999-0614, seguido por
el GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTARLIZADO
MUNICIPAL DE GUAYAQUIL (M.I.
MUNICIPALIDAD DE GUAYAQUIL) en contra de
ustedes, por la expropiación del predio identi cado con
el Código Catastral No. 84-0038-007, cuyo extracto de
la demanda y providencias recaídas en ellas son del tenor
siguiente:
ACTOR: GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTARLIZADO-MUNICIPAL DE GUAYAQUIL
(M.I. MUNICIPALIDAD DE GUAYAQUIL) C.
DEMANDADOS: DAVID ARTEAGA o a QUIÉNES SE
CREAN CON DERECHOS REALES
OBJETO DE LA DEMANDA: La entidad expropiante
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTARLIZADO-
MUNICIPAL DE GUAYAQUIL (M.I. MUNICIPALIDAD
DE GUAYAQUIL), acude a esta Unidad Judicial Civil
de Guayaquil (antes Juzgado Décimo de lo Civil de
Guayaquil, y de conformidad con los Artículos 792,
793, 974, 795, y siguientes del Código de Procedimiento
Civil, aplicables al presente caso, en concordancia con los
Art. 64 ordinal undécimo inciso primero; Art. 162, literal
D9); Art. 251, Inciso 1 y Art. 252 de la Ley de Régimen
municipal por los derechos que representamos de la Muy
Ilustre Municipalidad de Guayaquil demandamos la
expropiación urgente de la casa de y la aplicación inmediata
de la edi cación de presunta propiedad de DAVID
ARTEAGA o quienes se crean con derechos reales sobre
la cosa construida en el predio de código catastral No. 84-
0038-007; y, de conformidad con el Art. 8085 del Código
de Procedimiento Civil, sírvase ordenar en su primera
Providencia la ocupación inmediata de un sector predio
materia de la expropiación, por la M. I. Municipalidad de
Guayaquil, la inscripción de la demanda en el Registro de
la Propiedad del Cantón y luego trámite correspondiente
para jar el precio que concepto e indemnización le tocará
recibir en concordancia con la documentación adjunta y
según el avalúo de la Propiedad determinado en los O cios
Nos. 3231-DINAC Y 195-DINAC, suscrito por el Sr.
Cristian Cordova Cordero, Director Nacional de Avalúos y
Catastros (E), DEL 3 DE SEPTIEMBRE DE 1998 Y 18 DE
FEBRERO DE 1999 RESPECTIVAMENTE. (ANEXO
No. 3). Debiendo determinarse además, los linderos del
bien declarado de utilidad pública de carácter urgente y
de ocupación inmediata, con nes de expropiación de la
M. I. Municipalidad de Guayaquil y su inscripción en el
Registro de la Propiedad en el Cantón para que surta los
efecto como título de dominio.
PROVIDENCIAS: Por auto de fecha noviembre 8 de
1999, expedido a las 09h00, se admitió la demanda a
trámite, y se dispuso que se cite a DAVID ARTEAGA
y a quienes se crean c9n derechos reales sobre el predio
materia de la expropiación, por medio del diario El
Universo, de conformidad con el artículo 86 del Código
de Procedimiento Civil; así mismo, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 795 del Código de Procedimiento
Civil, también se dispuso que se publique en el Registro,
debiendo o ciarse; y, por último, de conformidad con
el artículo 808 del Código de Procedimiento Civil, se
ordena la ocupación inmediata del inmueble materia de la
expropiación identi cado con el Código Catastral No. 84-
0038-007 en las áreas señaladas en la demanda.- Sigue la
providencia, cuyo tenor es el siguiente, “Guayaquil, martes
12 de febrero del 2019, las 09h13, Por haberse puesto en
mi despacho en esta data, agréguense a los autos el escrito
y anexo (copia de escrito) que anteceden.- De conformidad
con el artículo 994 del Código de Procedimiento Civil, se
ordena la reposición del escrito de fecha 10 de junio de
2018, con la copia aportada por la entidad expropiante,
debiendo el secretario del despacho, certi car la misma
en legal y debida forma.- Por secretaría, elabórese
nuevamente el extracto de citación al demandado DAVID
ARTEAGA o a quienes se crean con derechos reales, a n
de que se publique en el Registro O cial, debiendo para
dicho efecto, o ciarse al Director Nacional de Registro
O cial del Ecuador.- Notifíquese y Cúmplase.- F) Dr. José
Miguel Ordoñez Ortíz, Juez.”
JUEZ DE LA CAUSA: Dr. José Miguel Ordoñez Ortíz,
Juez de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil.-
Lo que comunico a ustedes, para los nes de ley,
advirtiéndoles de la obligación que tiene de señalar casilla
judicial para recibir noti caciones dentro de los 20 días
posteriores a la tercera y última publicación del presente
aviso, caso contrario será tenido o considerado como
rebelde.-
Guayaquil 17 de mayo de 2019.-
f.) Ab. Marco Limmy Lainez Pincay, Secretario, Unidad
Judicial Civil de Guayaquil.
(2da. publicación)
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