Avisos judiciales. Juicio De Expropiación Seguido Por El Municipio De Guayaquil En Contra De Los Herederos De Rosa Emilia Maldonado Mendieta Y Otros (2da. Publicación)

Número de Boletín161
SecciónAvisos judiciales
EmisorConsejo de la Judicatura
Martes 16 de enero de 2018 – 41Registro Of‌i cial Nº 161
DE CUENCA
CITACION JUDICIAL
A: MARÍA DEL CARMEN MONSALVE AGUILERA,
se le hace saber que en la Unidad Judicial de lo Civil del
Cantón Cuenca, en el Juzgado a cargo de la Dra. Lucía
del Carmen Carrasco Veintimilla, dentro del Juicio No.
01333-2017-04722, se ha propuesto una demanda, la
misma que en providencia y extracto dice:
ACTOR: MIGUEL ALFREDO MONSALVE
AGUILERA Y OTROS
NATURALEZA: PROCEDIMIENTO VOLUNTA-RIO
MATERIA: MUERTE PRESUNTA
CUANTIA: INDETERMINADA
01333-2017-04722.- Jueza Ponente: Dra. Lucía Carrasco
Veintemilla.- Cuenca, 21 de Septiembre del 2017. Las
08h.15.- VISTOS: Conozco de la presente causa. En
lo principal, la solicitud que antecede es clara, precisa
y cumple con los requisitos legales previstos en los
Artículos 142, 143 y 335 del Código Orgánico General
de Procesos (COGEP), por lo que se calif‌i ca y admite a
trámite mediante “Procedimiento Voluntario” por Muerte
Presunta de María del Carmen Monsalve Aguilera con
C.I No. 010136176-4-. Se ordena la citación de todas las
personas interesadas o de quienes puedan tener interés en
el asunto de acuerdo a la información proporcionada en la
solicitud. En consecuencia con fundamento en los Artículo
66 y 67 del Código Civil, al ser el último domicilio de
la antes nombrada, en este Cantón Cuenca, Provincia
del Azuay, se tiene en cuenta lo expresado. Procédase
a citar a la Desaparecida Señora María del Carmen
Monsalve Aguilera, mediante el Registro Of‌i cial y en el
Diario de Mayor circulación de la ciudad, de Cuenca, de
conformidad con el Artículo 67 N° 2 del Código Civil.-
Cuéntese con algún Representante de la Fiscalía General
del Estado. Téngase en cuenta el lugar indicado para
posteriores notif‌i caciones y la autorización concedida
al profesional del derecho. Además se manda a tener
presente la calidad con la que comparecen los actores,
disponiéndose se agreguen a los autos la documentación
anexada a la Demanda. Por licencia concedida a la titular
intervenga como Secretario Ad-hoc el Abg. Rafael Piedra
Lozano. Hágase saber.- F).- DRA. LUCÍA DEL CARMEN
CARRASCO VEINTIMILLA, JUEZA DE LA UNIDAD
JUDICIAL DE LO CIVIL DEL CANTÓN CUENCA.-
A la citada se le previene de su obligación legal de
señalar casillero judicial y correo electrónico para recibir
notif‌i caciones posteriores. Cuenca, 21 de septiembre de
2017.
f.) Ab. Rafael Piedra Lozano, Secretario (E) de la Unidad
Judicial de lo Civil de Cuenca.
(3ra. Publicación)
R. DEL E.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON
GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN
A: Herederos presuntos y desconocidos del demandado
JOSE PORFIRIO OLEAS MORALES y/o quienes se
crean con derechos reales.
LE HAGO SABER: Que en el juicio No. 09332-2016-
05108, seguido por el GOBIERNO AUTONOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL,
en contra de los herederos de ROSA EMILIA
MALDONADO MENDIETA Y OTROS, hay lo siguiente:
OBJETO DE LA DEMANDA: “...En sentencia
determinar el precio que por concepto de indemnización
le corresponderá recibir a los propietarios del inmueble
identif‌i cado con el código catastral No. 600-0128-001,
y precisar los linderos del inmueble (compuesto por
terreno y, edif‌i cación) declarado de utilidad pública con
f‌i nes de expropiación (totalmente comprometido); y, su
inscripción en el Registro de la Propiedad del Cantón,
para que surta los efectos como justo título de dominio”.
JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Pedro Rivadeneira Pazmiño.
CUANTIA: $ 30,582.25
AUTO INICIAL: “...UNIDAD JUDICIAL CIVIL
CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL DE
GUAYAS. Guayaquil, martes 12 de julio del 2016, las
16h03. VISTOS: En mi calidad de Juez titular de esta
Unidad Judicial Civil con sede el cantón Guayaquil, según
Acción de Personal Nro. 7730-DNTH-2014, que rige a
partir del 13 de octubre del 2014, avoco conocimiento
de la presente causa puesta en esta fecha en mi despacho
y en virtud del sorteo de ley.- Agréguense a los autos
los escritos y anexos que anteceden.- En lo principal, la
demanda presentada por el GOBIERNO AUTONOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE GUAYAQUIL
(M.I. MUNICIPALIDAD DE GUAYAQUIL), en la
persona de sus representantes legales, señor Alcalde
AB. JAIME JOSE NEBOT SAADI, y el DR. MIGUEL
ANTONIO HERNANDEZ TERAN, Procurador Síndico
Municipal; personerías que acreditan con la certif‌i cación
aparejada a los autos, en contra de los Herederos de ROSA
EMILIA MALDONADO MENDIETA Y OTROS; por
reunir los requisitos determinados en los Arts. 67, 68, 786
y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se calif‌i ca de
clara, precisa y completa, por lo que se la admite a trámite
Especial Sumario de JUICIO DE EXPROPIACION,
previsto en la Sección 19a. Del Título II, del Libro II
del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con
el Art. 453 del COOTAD.- De conformidad con lo que
disponen los Arts. 788 y 256 del Código Procesal Civil, se
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