Avisos judiciales. Juicio De Insolvencia De La Señora Carmen Elena Jaramillo González

Número de Boletín53
SecciónAvisos judiciales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
40 – Martes 8 de agosto de 2017 Registro Of‌i cial Nº 53
Artículo 7.- En todo lo no previsto en esta ordenanza de
manera supletoria se aplicara lo dispuesto en la Ley de
inquilinato y del Código Civil.
DISPOSICIÓN FINAL
PRIMERA.- Vigencia.- La presente Ordenanza entrará
en vigencia a partir de la fecha de su aprobación por el
Concejo Municipal de San Pedro de Huaca, sin perjuicio de
su publicación en la Gaceta Of‌i cial, en el dominio Web de
la Municipalidad y en el Registro Of‌i cial.
Dada y f‌i rmado en la sala de sesiones del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal San Pedro de Huaca,
a los 14 días del mes de Junio del dos mil diecisiete.
f.) Sr. Nilo Reascos, Alcalde.
f.) Abg. Lucía Aguirre, Secretaria del Concejo.
CERTIFICADO DE DISCUSIÓN.- La Secretaria
General del Gobierno Autónomo Descentralizado
Municipal del Cantón San Pedro de Huaca, Certif‌i co que
la presente “LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA
EL PROCEDIMIENTO DE ARRENDAMIENTO
DE BIENES INMUEBLES DE PROPIEDAD DEL
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN PEDRO DE
HUACA”, fue discutida en primer debate en sesión
ordinaria el 7 de Junio del 2017; y, en Segundo y def‌i nitivo
debate, en sesión ordinaria realizada el 14 de junio del 2017.
f.) Abg. Lucía Aguirre, Secretaria del Concejo.
SECRETARIA GENERAL DEL CONCEJO DEL
GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN PEDRO DE
HUACA.- Huaca, 14 de Junio del 2017.- Las 15H30.-
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 322 del
Descentralización (COOTAD), remito original y copias de
la presente ordenanza ante el Señor Alcalde para su sanción
y promulgación.- CÚMPLASE.
f.) Abg. Lucía Aguirre, Secretaria del Concejo.
ALCALDÍA DEL CANTÓN SAN PEDRO DE
HUACA.- Huaca, a los 14 días del mes de Junio, siendo
las 16H00.- VISTOS.- De acuerdo a lo que dispone los
artículos 322 y 324 del Código Orgánico de Organización
Territorial Autonomía y Descentralización (COOTAD),
la SANCIONO, la presente “LA ORDENANZA
QUE REGLAMENTA EL PROCEDIMIENTO DE
ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES
DE PROPIEDAD DEL GOBIERNO AUTÓNOMO
DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN
SAN PEDRO DE HUACA”, para su publicación en
la página Web de la Institución y la página web de la
Institución.- EJECÚTESE.
f.) Sr. Nilo Reascos, Alcalde.
CERTIFICACIÓN.- La Secretaria General del Gobierno
Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón San
Pedro de Huaca, CERTIFICO que el Señor Nilo Reascos,
Alcalde del Cantón San Pedro de Huaca, sancionó la
Ordenanza que antecede el día de hoy 14 de Junio del 2017,
a las 16H30. CERTIFICO.
f.) Abg. Lucía Aguirre, Secretaria del Concejo.
REPÚBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE
CIVIL DE ZAMORA
ACTOR:
JAIME EFRAIN FAREZ
REYES y MARIA
SACRAMENTO BUENAÑO
FIALLOS
DEMANDADO: CARMEN ELENA
JARAMILLO GONZÁLEZ
OBJETO DE LA
DEMANDA: INSOLVENCIA
TRÁMITE: ESPECIAL
CUANTÍA: INDETERMINADA
JUICIO Nro.: 19332-2016-00332
JUEZ: Dr. NELSON RODRIGO
MÁRQUEZ JIMENEZ
ABOGADO: Dr. PEDRO GONZALO
PAUCAR QUIZHPE.
VISTOS: VISTOS: Comparecen los señores Dr. Jaime
Efraín FAREZ REYES y María Sacramento BUENAÑO
FIALLOS, manif‌i estan: Que con las seis copias que
acompañan, se desprende que como acreedores demandaron
a la señora Carmen Elena JARAMILLO GONZALEZ, en
juicio ordinario el pago de un crédito, más intereses de
ley. Que el Juez Multicompetente que conoció la causa
ordenó en sentencia que la demandada pague el crédito,
intereses y honorarios profesionales, sin que haya cumplido
con el mandamiento de ejecución, según razón sentada
por la Secretaria, de fecha 16 de octubre del 2015, Que
con estos antecedentes presumiendo la insolvencia de la
deudora Carmen Elena JARAMILLO GONZALEZ y con
fundamento en lo prescrito en el Art. 519.1 del Código de
Procedimiento Civil CPC -, piden se convoque a concurso
de acreedores, en concordancia con lo establecido en el Art.
520 y siguientes del invocado CPC, debiendo practicarse
las medidas previstas en la ley: Se declare abierto el
Concurso de Acreedores; se mande publicar por la prensa;
se ordene la prohibición de ausentarse del país de la señora
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