Avisos judiciales. Juicio de rehabilitación de insolvencia de la señora Bertha Lucía Iñiguez Gutierrez

Número de Boletín128
SecciónAvisos judiciales
EmisorSERVICIO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES
50 – Viernes 24 de enero de 2020 Registro O cial Nº 128
probatorios señalados en el escrito de aclaración de la
demanda; para lo cual se observará lo previsto en los Art.
160, 161, 294.7 literal d) y demás pertinentes del COGEP,
sobre la admisibilidad y práctica de prueba.- QUINTO:
NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIÓN.- Téngase en
cuenta el casillero judicial y electrónico señalado por el
accionante para posteriores noti caciones, así como la
autorización conferida.- Actúe el Ab. Guillermo Guapi
Obando en calidad de Secretario de esta Unidad Judicial.-
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- F) Ab. Cecilia Simbaña
Quishpe.
UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN
LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO
METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE
PICHINCHA DE PICHINCHA. Quito, miércoles 2
de octubre del 2019, las 16h02, Agréguese al proceso
el escrito que antecede, en atención al mismo, previo a
disponer lo que en Derecho corresponde y con fundamento
en el artículo 130 numeral 8 de Código Orgánico General
de Procesos se amplía el auto de 5 de junio del 2019, alas
15h41 en el siguiente sentido: SEGUNDO Cítese a la parte
demandada ANGEL BOLIVAR OCHOA ORDOÑEZ
mediante tres publicaciones en el Registro O cial, con
intervalo de un mes entre una y otra publicación. En
lo demás las partes estén a lo dispuesto en dicho auto.-
Notifíquese.- F) Ab. Cecilia Simbaña Quishpe.
Lo que comunico para los nes de Ley, previniéndoles de
la obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad
de Quito a n de recibir posteriores noti caciones en la
presente causa.
f.) Ab. Guillermo Guapi Obando, Secretario.
(3ra. publicación)
REPUBLICA DEL ECUADOR
UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE CUENCA
O cio Circular N° 350- UJCC-19
Cuenca, 20 de Noviembre de 2019
Juicio N. 016060-2012-0799
Señora Doctora:
Director Nacional del Registro O cial del Ecuador
Su despacho.
De mi consideración:
La Sra. Abogada OLGA PATRICIA AVILA
CAMPOVERDE, Jueza de la Unidad Judicial Civil de
Cuenca, ha dispuesto o ciar a Usted, dentro del proceso
No. 01606-2012-0799 especial Insolvencia propuesto
por PINEDA JIMENEZ JOSE MARCELO, en contra
de IÑIGUEZ GUTIERREZ BERTHA LUCIA CI.
0101459147, con el objeto de que publique el auto que a
continuación se transcribe:
UNIDAD JUDICIAL CIVIL. CUENCA.- Cuenca, martes
12 de noviembre del 2019, las 10h55, Proceso Numero:
VISTOS: Siendo el momento procesal oportuno, para
que la suscrita jueza se pronuncie respecto a la solicitud
de rehabilitación solicitad a por la parte demandada,
se realiza el siguiente pronunciamiento: 1) comparece
BERTHA LUCIA IÑIGUEZ GUTIERREZ, quien de
conformidad con lo establecido en el Art. 595 del Código
de Procedimiento Civil, solicita se declare la rehabilitación
de la Insolvencia a la que ha sido declarado en la presente
causa; 2) se ha dado el trámite pertinente a dicha solicitud,
conforme lo establece el Art. 597 ibídem, siendo que se
ha procedido a realizar la publicación por la prensa; 3)
no ha existido oposición a la solicitud de rehabilitación
presentada por el demandado; 4) se ha probado que ha
cancelado lo adeudado, conforme consta del escrito
presentado por la parte actora, con reconocimiento de
rma ante notario en fecha 25 de abril del 2014 (fojas
115); 4) En tal virtud, por los antecedentes expuestos y
de conformidad con lo prescrito en los arts. 597 y 598 del
CPC, se declara la REHABILITACIÓN de la ciudadana
BERTHA LUCIA IÑIGUEZ GUTIERREZ. Una vez
ejecutoriada el presente auto: disponiendo que este auto
se proceda a publicar en el Registro O cial. Se levantan
todas las medidas cautelares dictadas dentro de la presente
causa, se o ciará a todas las Instituciones que se haya
hecho conocer de la presunción de insolvencia, dentro
de la presente causa; ofíciese al Registro de la Propiedad
del Cantón Cuenca, provincia del Azuay, a n de que se
cancele la inscripción de la interdicción inscrita, para lo
cual se remitirán a dicha entidad las copias certi cadas
pertinentes. Se dispone la cancelación de la prohibición
de salida del país de la ciudadana LUCIA IÑIGUEZ
GUTIERREZ, dentro de la presente causa para tal
efecto por secretaría procédase a o ciar a Migración y
Extranjería. Cumplido, cumplido con todo lo dispuesto en
líneas anteriores archívese la causa.- Notifíquese. F) AB.
OLGA PATRICIA AVILA CAMPOVERDE, JUEZA.
Atentamente,
f.) Dr. Agustin Pesantez Ochoa, Secretario de la Unidad
Judicial.

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