Recursos 925-2009. Recursos de casación en los juicios seguidos en contra de las siguientes personas: Joffre Cesáreo Remache Remache

Número de Boletín24-Edición Especial
SecciónRecursos
EmisorCorte Nacional de Justicia Segunda Sala de lo Penal
Fecha de la disposición17 de Diciembre de 2009

Juicio Penal No. 1368-2009, seguido en contra de JOFFRE CESÁREO REMACHE REMACHE, por el delito tipificado en el Art. 504.1 del Código Penal.

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

SEGUNDA SALA DE LO PENAL

Quito, 17 de Diciembre del 2009.- Las 9h330.

VISTOS: Avocamos conocimiento de la presente causa los doctores: Luis Abarca Galeas y Máximo Ortega Ordóñez, Jueces de la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, y doctor Luis Quiroz Erazo, en su calidad de Conjuez de la misma, subida a esta Sala para que dirima el conflicto de competencia negativa surgido entre los Jueces de la Segunda Sala Especializada de lo Penal, Colusorios y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Azuay y los Ministros Jueces de la Segunda Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, respecto de la acción de hábeas corpus planteada por Joffre Cesáreo Remache Remache, en contra del Juez Primero de lo Penal del Azuay, quien con fecha 22 de enero del 2008, dentro de la instrucción fiscal iniciada en su contra, ha dictado orden de prisión preventiva, por el delito tipificado en el artículo 504.1 del Código Penal.- Los Miembros de la Segunda Sala Especializada de lo Penal, Colusorio y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, por cuanto como Sala de Apelación, con fecha 04 de febrero del 2009, confirmaron el auto de prisión preventiva dictado por el Juez Primero de lo Penal del Azuay, desechando el recurso interpuesto por parte de Joffre Cesáreo Remache, resuelven en auto dictado el 19 de febrero del 2009, "excusarse del conocimiento de la acción de hábeas corpus como garantía básica de INDEPENDENCIA E IMPARCIALIDAD del debido proceso consagrada en el Art. 76, 7, k) de la Constitución Política del Ecuador ...", disponiendo que el expediente se remita de inmediato a la Presidencia de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, para que "proceda al sorteo electrónico para que se radique la competencia en una de las Salas habilitadas para su conocimiento y trámite". Por su parte, la Segunda Sala de lo Civil y Mercantil de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, a la que le correspondió el sorteo de la causa, en auto dictado el 20 de febrero del 2009, entre otras cosas, manifiestan que: "La Segunda Sala de lo Penal el Azuay, resuelve el hecho que nos ocupa presentando su excusa de conocer el caso ... así como reza el Art. 44 literal h) de las Reglas de Procedimiento para el Ejercicio de las Competencias de lo Corte...

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