Recurso 12-2010 - Recursos de casación en los juicios seguidos a las siguientes personas: Jaime Abel Baquerizo Mortola

Número de Boletín1-Edición Especial
SecciónRecursos
EmisorCorte Nacional de Justicia Primera Sala de lo Penal
Fecha de la disposición15 de Enero de 2010

Juicio Penal No. 577-2009 seguido en contra de JAIME ABEL BAQUERIZO MORTOLA, como autor responsable del delito de apropiación indebida, previsto y sancionado en el Art. 560 del Código Penal.

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

SEGUNDA SALA DE LO PENAL

Quito, 15 de enero del 2010; las 09h00.

VISTOS: Avocamos conocimiento de la presente causa en calidad de Jueces de la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia y Conjuez Nacional, en virtud del Oficio No. 067-SG-2010-PCH. En lo principal, el procesado Jaime Abel Baquerizo Mortola, interpone recurso de casación de la sentencia expedida el 5 de mayo del 2008, por el Tribunal Quinto de lo Penal del Guayas, que lo declara, autor responsable del delito de apropiación indebida, previsto y sancionado en el Art. 560 del Código Penal, imponiéndole la pena modificada de un año de prisión correccional. Concluido el trámite y siendo el estado de la causa, el de resolver, para hacerlo se considera: PRIMERO.- Esta Segunda Sala Especializada de lo Penal es competente para conocer y resolver este recurso de casación, en virtud del Art. 184 de la Constitución Política de la República del Ecuador, vigente a partir del 20 de octubre de 2008, publicada en el Registro Oficial No. 449; por lo dispuesto en los literales a) y b) del numeral 4 de la sentencia interpretativa 001-08-SI-CC de fecha 28 de noviembre de 2008, dictada por la Corte Constitucional de la República, publicada en el Registro Oficial No. 479 de 2 de diciembre de 2008; por Resolución Sustitutiva de 22 de diciembre del 2008, (publicada en el Registro Oficial No. 511 de 21 de enero de 2009), a la aprobada por el Pleno de la Corte Nacional de Justicia, el 17 de diciembre de 2008; y, por el sorteo legal de 17 de febrero del 2009. SEGUNDO.- El Ministro Fiscal General del Estado, al contestar el traslado corrido con la fundamentación del recurso constante a fs. 14 a 18 vta., del cuaderno de la Sala, luego de realizar el análisis de las pruebas actuadas en la audiencia de juzgamiento, en lo principal manifiesta: "... El recurrente abogado Jaime Abel Baquerizo en conclusión, no logra poner de manifiesto errores de derecho que merezcan ser enmendados a través del recuso propuesto; toda vez que confunde los elementos del delito de abuso de confianza, al pensar que la acusadora debió entregarle el bien motivo del litigio a título personal; perdiendo de vista que un bien incautado por orden judicial, pasa a ser administrado directamente por la entidad...

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