Recursos 68-2010. Recursos de casación en los juicios seguidos en contra de las siguientes personas: Reina Amelia Zambrano Zambrano y otros

Número de Boletín20-Edición Especial
SecciónRecursos
EmisorCorte Nacional de Justicia Segunda Sala de lo Penal
Fecha de la disposición 2 de Febrero de 2010

Juicio Penal No. 402-2008 seguido por SANDY INÉS ROMERO LÓPEZ y DR. ADOLFO SEGUNDO CUVI GAIBOR, como Procurador Judicial de la señora ROSA LAURA ROMERO ROJAS, en contra de REINA AMELIA ZAMBRANO ZAMBRANO; MERCEDES ILEANA ZAMBRANO RODRIGUEZ; ANGEL NICANOR VELEZ MENENDEZ; ELENA EUGENIA BONILLA MOREIRA; MARIA LINA CEDEÑO RIVAS, Notaria Pública Primera del cantón Manta; DR. JAIME VILLAVICENCIO VELEZ, Notario Público del cantón Montecristi; DR. RIGOBERTO CARVALLO JARAMILLO; AB. RISKEE RENE VERA VIVAS; AB. SALIN VILLACIS CHÁVEZ, Juez Sexto de lo Civil de Manabí; AB. FATIMA CORRAL PALACIOS; FRANKLIN VICENTE IZURIETA GAVIRIA, Registradora de la Propiedad Encargada y titular del cantón Montecristi; CESAR RICARDO BUSTOS ZAMBRANO; Y, RICARDO FERNÁNDEZ DE CÓRDOVA CARVAJAL, por COLUSIÓN.

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

SEGUNDA SALA DE LO PENAL

Quito, 02 Febrero de 2010, las 11h00.

VISTOS: Avocamos conocimiento de la presente causa en calidad de Jueces de la Segunda Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia y Conjuez Nacional en virtud del oficio No. 067-SG-2010-PCH. En lo principal: Interponen recurso de apelación Sandy Inés Romero López y Dr. Adolfo Segundo Cuvi Gaibor, Procurador Judicial de la señora Rosa Laura Romero Rojas, de la sentencia dictada por la Primera Sala Especializada de lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Portoviejo, que declara sin lugar la demanda de acción colusoria planteada a fs. 2 a 7 señalando a sus demandados Reina Amelia Zambrano Zambrano, Mercedes lIeana Zambrano Rodríguez, Ángel Nicanor Vélez Menéndez, Elena Eugenia Bonilla Moreira, María Una Cedeño Rivas, Notaría Pública Primera del Cantón Manta, Dr. Jaime Villavicencio Vélez, Notario Público Primero del Cantón Montecristi, Dr. Rigoberto Carvallo Jaramillo, Ab. Riskee René Vera Vivas, Ab. Salín Villacís Chávez, Juez Sexto de lo Civil de Manabí, Ab. Fátima Corral Palacios, Franklin Vicente Izurieta Gaviria, Registradora de la Propiedad Encargada y titular del Cantón Montecristi, César Ricardo Bustos Zambrano y Ricardo Fernández de Córdova Carvajal. Concedida las apelaciones, para resolver se considera: PRIMERO: Ha correspondido su conocimiento a esta Segunda Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, por lo dispuesto en el literal a) y b) de numeral 4 de la sentencia interpretativa: 001-08-SI-CC de fecha 28 de noviembre de 2008, publicada en el Registro Oficial No. 479 de 2 de diciembre de 2008, y por resolución del Pleno de la Corte Nacional de Justicia de 10 de febrero de 2009 publicada en el Registro Oficial No. 572, en concordancia con el Art. 184 de la Constitución de la República del Ecuador y sorteo de 2 de septiembre del 2008. Una vez agotado el trámite del recurso, y estudiado las constancias procesales, para resolver se considera: SEGUNDO: Que el presente proceso colusorio es válido, por cuanto ha sido sustanciado en la forma requerida por la Ley para el Juzgamiento de la Colusión, y las pertinentes disposiciones del Código de Procedimiento Civil, sin incurrirse en ninguna omisión de solemnidad sustancial.- TERCERO: Que el accionante deduce demanda colusoria en contra de los referidos demandados manifestando en síntesis que: Del certificado de defunción del señor Arcadio Bolívar Romero Zambrano padre de los accionantes ha fallecido en San Juan de Puerto Rico el 1 de agosto del 2000, en vida de éste, ante el Notario Público abogado José Porben Ulloa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, con fecha junio 6 de 1998 formalizó su última voluntad celebrando su testamento abierto a favor de las comparecientes y de su hermana ahora menor de nombres María Gabriela Romero Zambrano, instituyéndoles como sus y universales herederas del patrimonio integrado por todos sus bienes que aparezcan al momento de su muerte, según se desprende de las cláusulas sexta y novena del indicado testamento y en cuya voluntad legal a Nelda Altagracia Rojas madre de la compareciente Rosa Laura Romeo Rojas el apartamento Residencial N° 404 del Condominio Jardines de Francia localizado entre las calles "A Francia y Guayama, Hatorey San Juan Puerto, Rico, inscrito en el Folio 28 del Tomo 892 de Río Piedras Norte inca N. 25, 767 Registro de la Propiedad de San Juan Sección Segunda y a Ileana Mercedes Zambrano. Al ir a inscribir este documento en el Registro de la Propiedad del Cantón Manta, su titular se negó hacerlo luego de su protocolización realizada en la Notaría Cuarta Pública del cantón Manta el 24 de abril del 2002 cuya protocolización se encuentra signada con el N° 1042-1043, por cuanto el causante Arcadio Bolívar Romero Zambrano es propietario del 50% de los gananciales del primer inmueble que se halla singularizado procediendo el mismo doctor Julio Rigoberto Carvallo Jaramillo a pedir al mismo Juez Sexto de lo Civil de Manta que ordene la inscripción del testamento protocolizado en la Notaría Pública Cuarta, por cuanto no fue adquirido con la señora Mercedes Zambrano Rodríguez dejando a salvo este bien; por lo que este Juez en providencia de fecha 1 de agosto 2002 dictada a las 15h45 ha ordenado que el Registrador inscriba el testamento protocolizado, todo ello hace el Dr. Carvallo Jaramillo, sin tener poder ni facultad alguna para hacerlo, aprovechándose de la Posesión Efectiva otorgada a favor de la señora Mercedes Zambrano Rodríguez y del poder general que le da a la señora Reina Amelia Zambrano Zambrano.- El 12 de enero del 2002 en la Notaría Pública Cuarta del Cantón Manta el Doctor Rigoberto Carballo Jaramillo como Gerente Genera! de la COMPAÑÍA BIENES DEL AUSTRO BIENAUSTRO S.A. con la presencia de la señora Mercedes Zambrano Rodríguez de estado civil soltera, por sus propios y personales derechos, comparecen a otorgar y suscribir un contrato de aumento de capital y reforma del estatuto de la indicada compañía, constituida en la misma Notaria Pública Cuarta de Manta el 26 de septiembre del 2001 y registrada el 18 de octubre de igual año en el Cantón Santa Ana con un capital constitutivo de ochocientos dólares ($800), y con fecha 18 de diciembre del 2001. Los accionistas fundadores Dr. Rigoberto Carvallo Jaramillo y Ab. Riskee René Vara Vivas han transferido la totalidad de las acciones iguales ordinarias y nominativas a favor de Mercedes Zambrano Rodríguez quedando como única accionista, una vez que la Junta General de Accionistas en la sesión llevada a cabo a las 09h00 del 2 de enero del 2002 presidida por el Ab. Riskee Vera Vivas y como secretario el Dr. Rigoberto Carvallo Jaramillo resuelven en presencia de Mercedes Zambrano Rodríguez mediante el aporte en especies de varios...

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