Ley Orgánica para enfrentar el conflicto armado interno
Autor | Andrea Moya |
Cargo | Socia en CorralRosales |
La Ley Orgánica para Enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica fue promulgada mediante Registro Oficial Suplemento No. 516 de fecha 12 de marzo de 2024. A continuación, resumimos los temas principales:
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Contribución Temporal de Seguridad
Las sociedades que hubiesen obtenido ingresos gravados durante el ejercicio fiscal 2022, estarán obligadas al pago de la contribución en los ejercicios fiscales 2024 y 2025. La contribución será equivalente al 3,25% de las utilidades gravadas con impuesto a la renta correspondiente al ejercicio fiscal 2022.
No estarán obligadas al pago de esta contribución las micro, pequeñas empresas, bancos y cooperativas de ahorro y crédito.
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Contribución Temporal sobre Utilidades de Bancos y Cooperativas de Ahorro y Crédito.
Los bancos y cooperativas de ahorro y crédito que hubiesen obtenido ingresos gravados durante el ejercicio fiscal 2023, estarán obligadas al pago de la contribución en el ejercicio fiscal 2024. La tarifa de la contribución se aplicará sobre las utilidades gravadas con impuesto a la renta correspondiente al ejercicio fiscal 2023, según la siguiente tabla:
Grupo Utilidad Gravada Tarifa 1 Inferiores a US$5.000.000,00 5% 2 Superiores a US$5.000.000,00 hasta US$10.000.000,00 10% 3 Superiores a US$10.000.000,00 hasta US$50.000.000,00 15% 4 Superiores a US$50.000.000,00 hasta US$100.000.000,00 20% 5 Superiores US$100.000.000,00 25% -
Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Se realizan las siguientes reformas:
a. Se establece que la tarifa del...
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