Acuerdos. MAATE-057-2023 Apruébese el estatuto y otórguese personería jurídica a la Fundación PEMINCHE, con domicilio en cantón Manta, provincia de Manabí

Número de Boletín353
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Viernes 14 de julio de 2023Registro Ocial 353
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REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA
ACUERDO MINISTERIAL Nro. MAATE-057-2023
Patricia Fernanda Miño Vargas
COORDINADORA GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA (S)
CONSIDERANDO:
Que el numeral 13 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador,
establece: Se reconoce y garantizará a las personas: (...) 13. El der echo a asociarse,
reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria. (...);
Que el artículo 96 de la Constitución de la República del Ecuador, señala: Se reconocen
todas las formas de organizacn de la sociedad, como expresn de la soberanía
popular para desarrollar procesos de autodeterminación e incidir en las decisiones y
políticas públicas y en el control social de todos los niveles de gobierno, así como de las
entidades públicas y de las privadas que presten servicios públicos. Las organizaciones
podrán articularse en diferentes niveles para fortalecer el poder ciudadano y sus
formas de expresn; deberán garantizar la democracia interna, la alternabilidad de
sus dirigentes y la rendicn de cuentas”;
Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, manifiesta: Las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que acen en virtud de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitucn y la
ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer
efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitucn;
Que el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, expresa: “La
administracn pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los
principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentracn,
descentralizacn, coordinación, participacn, planificacn, transparencia y
evaluacn;
Que el artículo 65 del Código Orgánico Administrativo, determina : La competencia es la
medida en la que la Constitucn y la ley habilitan a un órgano para obrar y cumplir
sus fines, en razón de la materia, el territorio, el tiempo y el grado;

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