Resolución SENAE-DGN-2013-0072-RE - Apruébase el Procedimiento de recaudación manual temporal, por sala de arribo internacional del nuevo aeropuerto Mariscal Sucre de Quito, ubicado en el sector de Tababela

Fecha de disposición23 Febrero 2013
Fecha de publicación12 Marzo 2013
Número de registroSENAE-DGN-2013-0072-RE
Número de Gaceta910

Guayaquil, 23 de febrero de 2013

DIRECCIÓN GENERAL

Considerando:

Que la Constitución de la República del Ecuador, contempla como uno de sus Principios Fundamentales en su artículo 227: "La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación".

Que visto el Acuerdo No. 039-CG referente a las Normas de Control Interno para las Entidades, Organismos del Sector Público y Personas Jurídicas de Derecho Privado que Dispongan de Recursos Públicos, emitido por la Contraloría General del Estado y publicado en el Registro Oficial N.- 78 del 1 de diciembre del 2009.

Que la norma 100-01 Control interno "…será responsabilidad de cada institución del Estado y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos y tendrá como finalidad crear las condiciones para el ejercicio del control…".

Que la norma 403-01 Determinación y recaudación de los ingresos que en su parte pertinente dice: "…Los ingresos obtenidos a través de las cajas recaudadoras, en efectivo, cheque certificado o cheque cruzado a nombre de la entidad serán revisados, depositados en forma completa e intacta y registrados en las cuentas rotativas de ingresos autorizadas, durante el curso del día de recaudación o máximo el día hábil siguiente…".

Que en Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, el cual contiene el Libro V, Título II de la De la Facilitación Aduanera para el Comercio De lo Sustantivo Aduanero, en el cual se crea el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador como persona jurídica de derecho público autónoma: "...Artículo 212: Del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.- El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador es una persona jurídica de derecho público, de duración indefinida, con autonomía técnica, administrativa, financiera y presupuestaria, domiciliada en la ciudad de Guayaquil y con competencia en todo el territorio nacional...".

Que los literales l) y m) del artículo 216 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, establecen como competencias del Director General del SENAE "l). Expedir, mediante resolución los reglamentos, manuales, instructivos, oficios circulares necesarios para la aplicación de aspectos operativos, administrativos, procedimentales, de valoración en aduana y para la creación, supresión y regulación de las...

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