Acuerdos. MAP-2018-0027-A Deléguense atribuciones y responsabilidades a el/la Director/a de Administración del Talento Humano

Número de Boletín421
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE ACUACULTURA Y PESCA
2 – Martes 5 de febrero de 2019 Registro O cial Nº 421
Págs.
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA:
0319-2019 Deléguense facultades al/la Coor-
dinador/a General Administrativo/a
Financiero/a ............................................... 33
RESOLUCIONES:
AGENCIA DE REGULACIÓN Y
CONTROL DE ELECTRICIDAD
-ARCONEL-:
ARCONEL-057/18 Refórmese la Regulación Nro.
ARCONEL-003/18 de 22 de octubre de
2018 ............................................................. 35
FUNCIÓN JUDICIAL
Y JUSTICIA INDÍGENA
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO:
002-FGE-2019 Apruébese el Plan Anual de la
Política Publica – PAPP - 2019 ................. 36
FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA
Y CONTROL SOCIAL
SUPERINTENDENCIA
DE COMUNICACIÓN:
SUPERCOM-2019-002 Apruébese el “Plan
Anual de Contrataciones - PAC de la
(SUPERCOM) ........................................... 37
GOBIERNOS AUTÓNOMOS
DESCENTRALIZADOS
ORDENANZAS MUNICIPALES:
- Cantón Rocafuerte: Que regula la
administración, control y recaudación
del impuesto a las utilidades en la
transferencia de predios urbanos y
plusvalía...................................................... 40
- Cantón Mocha: Que reforma a
la Ordenanza sustitutiva para la
organización, administración, funciona-
miento y las tasas por servicios que
presta el Registro Municipal de la
Propiedad .................................................. 46
Nro. MAP-2018-0027-A
Sr. Abg. Guido Andres Ferretti Trujillo
MINISTRO DE ACUACULTURA Y PESCA
ENCARGADO, SUBROGANTE
Considerando:
Que, la Constitución de la República, en su artículo 154,
numeral 1, prescribe que: “A las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley,
les corresponde: (...) 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
Que, en el artículo 226 Ibídem se dispone: “Las institu-
ciones del Estado, sus organismos, dependencias, las
servidoras o servidores públicos y las personas que actúen
en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente
las competencias y facultades que les sean atribuidas en
la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar
acciones para el cumplimiento de sus nes y hacer efectivo
el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la
Constitución”;
Que, en el artículo 227 de la Constitución de la República,
se señala: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
e cacia, e ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
plani cación, transparencia y evaluación”;
Que, en el artículo 68 del Código Orgánico Adminis-
trativo, se establece: “Transferencia de la competencia.
La competencia es irrenunciable y se ejerce por los
órganos o entidades señalados en el ordenamiento jurídico,
salvo los casos de delegación, avocación, suplencia,
subrogación, descentralización y desconcentración cuando
se efectúe en los términos previstos en la ley”;
Que, el artículo 82 del Código Ibídem dispone: “Subro-
gación. Las competencias de un órgano administrativo
pueden ser ejercidas por el jerárquico inferior en caso
de ausencia del jerárquico superior. La subrogación
únicamente se aplicará en los casos previstos en la ley”;
Que, en el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, se dispone: “Los
Ministros de Estado dentro de la esfera de su competencia,
podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario o de
sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión
de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente,
siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten
a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin
perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que
de acuerdo con las leyes y reglamentos, tenga el funcionario
delegado. Las delegaciones ministeriales a las que se
re ere este artículo serán otorgadas por los Ministros
de Estado mediante acuerdo ministerial, el mismo que
será puesto en conocimiento del Secretario General de la
Administración Pública y publicado en el Registro O cial.
El funcionario a quien el Ministro hubiere delegado sus
funciones responderá directamente de los actos realizados
en ejercicio de tal delegación”;
Que, en el artículo 55 Ibídem se determina: “Las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional,
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por
Ley o por Decreto. La delegación será publicada en el
Registro O cial”;
OB
D
ORDE
ón Roca
stración, control y reca
uesto a las
ia de predi
.........
ratacion
M)
..................
IERNOS AUTÓNO
ESCENTRALIZA
NANZAS MUNICIPALES
afuerte: Q
Ro
ión, control y recaudación
a las utilidades en la
dios urbanos y
NOMO
ADOS
ANZAS MUNICIPALE
Apru
ontra
OM
BIE
DE
ENANZAS MUNICIPALES:
Rocafuerte: Que regula l
control y recau
........
37
su
se e
p
d
Q
gaci
pued
ue, e
n.
art
L
en
cu
desc
los tér
de
entrali
i
ña
del
zac
lados e
legaci
ren
nciable
en e
g
ia de
y s
Orgán
e la
Que
aus
icamen
ser
encia
nte s
com
r ejerci
del
82
petenc
da
del Có
cia
previs
n y de
tos en
EL-057/
RCON
8
........
FUNCIÓN
JUSTICIA INDÍGENA
GENERAL D
ese
DE REGUL
OL DE ELECTR
-AR
CON
EL-
:
18 Refórmese la R
NEL-003/18 de 22 de octu
....................................
UNCI
TICIA INDÍGENA
DEL ESTADO
C
Regulación
e 22 de octub
.........................
LUCIO
A DE
ROL
/1
NEL-003/18 de 22 de octubr
..................................................
NCIÓN JUDICIAL
Í
D
se
en
l
o.
e
3
e
la
accio
l
com
Const
ud
mpe
tu
o
d de
nci
tad
servido
una
o 2
o, sus
ores p
226
s
Ibíde
y
que re
xped
quiera
toría d
dir lo
Que
se
nstitu
pa
y ej
ución
n
ara el c
jercic
y
la ley
umpl
testa
facultad
y. T
blicos
ad est
d
anism
s y las p
ata
Abg.
NISTRO
ENCA
Cons
n de la Repúbli
que: “
A las
tribuc
. MAP-2018-002
Guido Andres Ferr
DE ACUACUL
ARGADO, SUBROGANTE
Co
República, en su artículo 15
-A
rretti Tru
LTURA Y P
GADO, SUBROGAN
ro. M
G
O
ARGADO, SUBROGANTE
Considerando:
l
d
será
A
A
e
El
funci
nej
mini
func
ne
istr
ona
sto e
ración
ediant
n cono
g
ulo s
te ac
aci
erán
regla
ones m
no
ibuci
glamento
in
Min
nes y
os
co
terial
o
atrib
de
, en
uc
icio
espond
de tal
quie
erá di
d
ica y pu
n el M
to del
public
g
minist
Se

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR