Acuerdo Mcpe-2017-010 Economista Edison Iván Cárate Tandalia, Coordinador Estratégico De Sector Externo

Fecha de disposición30 Junio 2017
Fecha de publicación30 Junio 2017
Número de Gaceta26
Viernes 30 de junio de 2017 – 3Registro Of‌i cial Nº 26
y funcionarios de la Administración Pública Central e
Institucional en los diferentes órganos y dependencias
administrativas, no requieren tener calidad de funcionarios
públicos;
Que, mediante Decreto 117-A de 15 de febrero de
2007, publicado en el Registro Of‌i cial 33 de 5 de marzo
de 2007, se creó el Ministerio de Coordinación de la
Política Económica, como una institución encargada de la
coordinación y armonización de las acciones y políticas que
en materia económica tomen sus entidades coordinadas;
Que, mediante Decreto 1505 de 6 de mayo de 2013, se
crea el Comité Interinstitucional para el Cambio de la
Matriz Productiva, con la f‌i nalidad de planif‌i car, coordinar,
articular y dar seguimiento a las políticas y acciones que
desarrollen las distintas instituciones que conforman la
Función Ejecutiva y tengan relación con el cambio de
la matriz productiva, en el marco de la planif‌i cación y
desarrollo nacional, el cual está conformado, entre otros,
por el Ministro Coordinador de la Política Económica o su
delegado permanente; y,
Que, el economista Rafael Correa Delgado, Presidente de
la República del Ecuador, mediante Decreto Ejecutivo 1284
de 19 de diciembre de 2016, designa al economista Diego
Martínez Vinueza, Ministro Coordinador de la Política
Económica;
Que, mediante Acuerdo MCPE-2013-027 de 28 de octubre
de 2013, el Ministro Coordinador de la Política Económica
delegó al economista David Andrés Falconí Narváez para
que en representación de esta Cartera de estado, integre
el Comité Interinstitucional para el Cambio de la Matriz
Productiva.
Sobre la base de los considerandos expuestos y en uso de
las atribuciones que concede la ley,
Acuerda:
Artículo 1.- Delegar al economista Edison Iván Cárate
Tandalia, Coordinador Estratégico de Sector Externo como
delegado permanente, para que en representación del señor
Ministro Coordinador de la Política Económica, integre
el Comité Interinstitucional para el Cambio de la Matriz
Productiva.
Artículo 2.- El servidor delegado llevará su gestión con
el apoyo de las diferentes unidades administrativas del
Ministerio, según el caso, y responderá por los actos y
decisiones que adopte en ejercicio de la delegación.
Artículo 3.- El servidor delegado presentará informes
escritos al señor Ministro Coordinador de la gestión
desarrollada y de las decisiones adoptadas.
Artículo 4.- Poner en conocimiento del Secretario General
de la Administración Pública, con el contenido del presente
Acuerdo Ministerial.
Artículo 5.- Deróguese el Acuerdo Ministerial No. MCPE-
2013-027 de 28 de octubre de 2013.
Artículo Final.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a
partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito
Metropolitano, el 07 de febrero de 2017.
Firmado Digitalmente.
Diego Martínez Vinueza, Ministro Coordinador de la
Política Económica.
MINISTERIO COORDINADOR DE POLÍTICA
ECONÓMICA.- Es f‌i el copia del original.- f.) Ilegible.
No. MCPE-2017-010
Diego Martínez Vinueza
MINISTRO COORDINADOR DE
LA POLÍTICA ECONÓMICA
Considerando:
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1 del
las ministras y ministros de Estado a expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de
Mercado, publicada en el Suplemento del Registro Of‌i cial
No. 555 de 13 de octubre de 2011, en el inciso cuarto de su
artículo 35 dispone que la Junta de Regulación y Control
del Poder de Mercado estará integrada, entre otras, por la
máxima autoridad o su delegado, de la Cartera de Estado a
cargo de la Política Económica;
Que, el tercer inciso del artículo 17 del Estatuto de Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva señala
que las delegaciones ministeriales serán otorgadas por
los Ministros de Estado mediante acuerdo ministerial, el
mismo que será puesto en conocimiento del Secretario
General de la Administración Pública y publicado en el
Registro Of‌i cial;
Que, el artículo 55 del Estatuto de Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva dispone que las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional,
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por
Ley o por Decreto; y, que los delegados de las autoridades
y funcionarios de la Administración Pública Central e
Institucional en los diferentes órganos y dependencias
administrativas, no requieren tener calidad de funcionarios
públicos;
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