Acuerdos. Mcpec-2016-035 Mgs. Manuel Alejandro Navia Carofi Lis

Número de Boletín12
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad
Lunes 12 de junio de 2017 – 3Registro Of‌i cial Nº 12
Que, el artículo 57 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva señala que “La
delegación podrá ser revocada en cualquier momento por
el órgano que haya conferido y se extinguirá, en el caso
de asuntos únicos, cuando se haya cumplido el acto cuya
expedición o ejecución se delegó.”;
Que, el Ministerio de Coordinación de la Producción,
Empleo y Competitividad-MCPEC- es una institución
pública, con independencia administrativa y f‌i nanciera,
creado mediante Decreto Ejecutivo Nro. 117-A, publicado
en el Registro Of‌i cial Nro. 33 de 5 marzo de 2007, el mismo
que fue reformado mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1450,
publicado en el Registro Of‌i cial Nro. 482 de 5 de diciembre
de 2008; y Nro. 1558, publicado en el Registro Of‌i cial Nro.
525 de 10 de febrero de 2009; cuya denominación actual
fue determinada en Decreto Ejecutivo Nro. 46 publicado
en el Registro Of‌i cial Nro. 36 de 29 de septiembre de 2009;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 437, publicado en el
Registro Of‌i cial Nro. 120 de 5 julio de 2007, se establece la
facultad expresa de los Ministros de Estado para organizar
sus Ministerios, sin que sea necesaria la expedición de
Decreto Ejecutivo alguno;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 800, de 15 de octubre
de 2015, el señor Presidente de la República, nombró al Dr.
Vinicio Alvarado Espinel, como Ministro Coordinador de la
Producción, Empleo y Competitividad;
En ejercicio de las atribuciones conferidas en el número 1
del Art. 154 de la Constitución de la República:
Acuerda:
Artículo. 1.- Designar a la Ing. Mariela Vélez Moreira,
como delegada del Ministerio Coordinador de la
Producción, Empleo y Competitividad, en la reunión del
Comité Interinstitucional De Economía Popular y Solidaria,
que se llevará a cabo el viernes 14 de julio del 2016.
Artículo. 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en
vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
DISPOSICIÓN GENERAL
ÚNICA.- El funcionario delegado, conforme al inciso
cuarto del artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva, responderá
directamente de los actos realizados en el ejercicio de las
atribuciones a él delegadas, y observará para este efecto las
disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias.
Dado y f‌i rmado en el Despacho Ministerial, en la ciudad de
San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, al 13 día
del mes de julio de dos mil dieciséis.
f.) Dr. Vinicio Alvarado Espinel, Ministro de Coordinación
de la Producción, Empleo y Competitividad.
Nro. MCPEC-2016-035
Dr. Vinicio Alvarado Espinel
MINISTRO DE COORDINACIÓN DE LA
PRODUCCIÓN, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador establece que corresponde a las
Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, la Constitución de la República en su artículo 226
señala que las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les
sean atribuidas en la Constitución y la ley;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1004, de 26 de
abril del 2016, el señor Presidente crea “el Comité para
la Reconstrucción y Reactivación Productiva, con la
f‌i nalidad de ejecutar la construcción y reconstrucción
de infraestructura necesaria para mitigar los efectos
del terremoto del 16 de abril de 2016; y, de implementar
planes, programas, acciones y políticas públicas para la
reactivación producción y de empleo en las zonas afectadas
por el referido evento natural”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1004, de 26 de abril
del 2016, establece que el “Comité para la Reconstrucción
y Reactivación Productiva estará integrado por los
siguientes miembros permanentes, que actuarán con voz
y voto (…) 4. El Ministro Coordinador de Producción,
Empleo y Competitividad”;
Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva señala que “Las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por la
Ley o por Decreto…”;
Que, el artículo 57 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva señala que “La
delegación podrá ser revocada en cualquier momento por
el órgano que haya conferido y se extinguirá, en el caso
de asuntos únicos, cuando se haya cumplido el acto cuya
expedición o ejecución se delegó.”;
Que, el Ministerio de Coordinación de la Producción,
Empleo y Competitividad-MCPEC- es una institución
pública, con independencia administrativa y f‌i nanciera,
creado mediante Decreto Ejecutivo Nro. 117-A, publicado
en el Registro Of‌i cial Nro. 33 de 5 marzo de 2007, el mismo
que fue reformado mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1450,
publicado en el Registro Of‌i cial Nro. 482 de 5 de diciembre
de 2008; y Nro. 1558, publicado en el Registro Of‌i cial Nro.
525 de 10 de febrero de 2009; cuya denominación actual
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