Mcpec-2017-015 Desígnense Facultades A La Econ. María Verónica Cabrera

Fecha de disposición27 Junio 2017
Fecha de publicación27 Junio 2017
Número de Gaceta23
10 – Martes 27 de junio de 2017 Segundo Suplemento – Registro Of‌i cial Nº 23
No. 40
Lenín Moreno Garcés
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Considerando:
Que de conformidad con el artículo 24 del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
cada provincia tendrá un Gobernador, quien dependerá en
el ejercicio de sus funciones del Ministerio del Interior y
coordinará sus acciones con la Secretaría Nacional de la
Gestión de la Política;
Que según el mismo artículo, la facultad para nombrar
a los Gobernadores corresponde al Presidente de la
República; y,
En ejercicio de la atribución que le conf‌i eren el número 9
letra d del artículo 11 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva,
Decreta:
ARTÍCULO PRIMERO.- Designar a la doctora Margarita
Beatriz Guevara Alvarado, para que desempeñe el cargo de
Gobernadora de la provincia de Chimborazo.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Agradecer los valiosos y leales
servicios prestados a la Patria por parte del Gobernador
saliente, ingeniero José Tenesaca Mendoza.
Este Decreto entrará en vigencia a partir de la presente
fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 16 de junio de
2017.
f.) Lenín Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la
República.
Quito, 16 de junio del 2017, certif‌i co que el que antecede
es f‌i el copia del original.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Dra. Johana Pesántez Benítez
SECRETARIA GENERAL JURÍDICA
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL
ECUADOR
No. MCPEC-2017-015
Ing. Sebastián Viteri Guillen
MINISTRO DE COORDINACIÓN DE LA
PRODUCCIÓN, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD (S)
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador establece que corresponde a las
Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
señala que las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les
sean atribuidas en la Constitución y la ley;
Que, el artículo 5 de Ley de Estadística, manif‌i esta que
el Consejo Nacional de Estadística y Censos, estará
conformado por (…) un delegado de cada uno de los
Ministros de Estado;
Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva señala que “Las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por la
Ley o por Decreto…”;
Que, el artículo 57 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva señala que “La
delegación podrá ser revocada en cualquier momento por
el órgano que haya conferido y se extinguirá, en el caso
de asuntos únicos, cuando se haya cumplido el acto cuya
expedición o ejecución se delegó.”;
Que, el Ministerio de Coordinación de la Producción,
Empleo y Competitividad-MCPEC- es una institución
pública, con independencia administrativa y f‌i nanciera,
creado mediante Decreto Ejecutivo Nro. 117-A, publicado
en el Registro Of‌i cial Nro. 33, de 5 marzo de 2007, el mismo
que fue reformado mediante Decreto Ejecutivo No 1450,
publicado en el Registro Of‌i cial Nro. 482, de 5 de diciembre
de 2008; y Nro. 1558, publicado en el Registro Of‌i cial Nro.
525, de 10 de febrero de 2009; cuya denominación actual
fue determinada en Decreto Ejecutivo Nro. 46 publicado en
el Registro Of‌i cial Nro. 36, de 29 de septiembre de 2009;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 437, publicado en el
Registro Of‌i cial Nro. 120, de 5 julio de 2007, se establece la
facultad expresa de los Ministros de Estado para organizar
sus Ministerios, sin que sea necesaria la expedición de
Decreto Ejecutivo alguno;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 800, de 15 de Octubre
de 2015, el señor Presidente de la República, nombró al Dr.
Vinicio Alvarado Espinel, como Ministro Coordinador de la
Producción, Empleo y Competitividad; y,
de l
LO SE
estados
iero José Tenesaca Mendoza
á en vigencia
su publi
RO.-
Design
a provincia de Chim
GUNDO.-
Agradecer los va
s a la Patria por parte
José
a a partir de la p
ese
mbora
Agradecer los v
a la Patria por
ret
MERO
Alva
la
EG
valio
os a la Patria por parte del Go
osé Tenesaca Mendoza.
ra M
ñ
argarit
argo d
ta
de
s y leale
je
Ley
rán
erarq
op
n de
ía,
Adm
gab
o d
opi
es p
nistra
55
e la F
ias de
de
Fun
l Est
g
t
do d
ca y
e cad
dor
e
el
Que,
dminis
ga
el artí
Decre
to la
o…”
n las au
que
s dive
Públic
utori
n Ej
versas en
aC

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR