Acuerdo MCYP-MCYP-2021-0009-A Desígnese como Director del Centro Cívico Ciudad Alfaro al señor Juan Francisco Nieto Cisneros

Número de Boletín472
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Cultura y Patrimonio
Registro Ocial - Tercer Suplemento Nº 472
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Lunes 14 de junio de 2021
ACUERDO Nro. MCYP-MCYP-2021-0009-A
SR. LCDO. JULIO FERNANDO BUENO ARÉVALO
MINISTRO DE CULTURA Y PATRIMONIO
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador establece que
además de las atribuciones establecidas en la Ley, a las ministras y ministros de Estado, les
corresponde: “( ) 1. Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión ();
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República, señala que: “Las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en
virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean
atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la
Constitución”;
Que, el artículo 377 de la Constitución de la República, establece que Sistema Nacional de Cultura
tiene como finalidad fortalecer la identidad nacional; proteger y promover la diversidad de las
expresiones culturales, garantizando el ejercicio pleno de los derechos culturales;
Que, el artículo 47 del Código Orgánico Administrativo manifiesta que: “La máxima autoridad
administrativa de la correspondiente entidad pública ejerce su representación para intervenir en
todos los actos, contratos y relaciones jurídicas sujetas a su competencia. Esta autoridad no
requiere delegación o autorización alguna de un órgano o entidad superior, salvo en los casos
expresamente previstos en la ley”;
Que, el artículo 85 de la Ley Orgánica de Servicio Público determina que: “Las autoridades
nominadoras podrán designar, previo el cumplimiento de los requisitos previstos para el ingreso al
servicio público, y remover libremente a las y los servidores que ocupen los puestos señalados en el
literal a) y el literal h) del Artículo 83 de esta Ley ()”;
Que, el artículo 25 de la Ley Orgánica de Cultura determina: Le corresponde al Ministerio de
Cultura y Patrimonio ejercer la rectoría del Sistema Nacional de Cultura;
Que, el artículo 22 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Cultura establece que: “() Los
museos nucleares serán Entidades Operativas Desconcertadas del MCYP. Las autoridades de los
museos nucleares serán nombradas por la máxima autoridad del MCYP, y los directores de los
museos intermedios y locales serán nombrados por la máxima autoridad del museo nuclear que les
corresponde”;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. DM-2018-153, de 27 de agosto de 2018, se expidió el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de los Museos Administrados por el
ente rector de Cultura y Patrimonio;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. DM-2020-011 del 23 de enero de 2020, el Ministerio de
Cultura y Patrimonio reformo el artículo 1 número 1.4 del Acuerdo Ministerial Nro.DM-2018-170
y reconoce a la Corporación Ciudad Alfaro como repositorio o museo y se lo denomina como
Museo Nuclear;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1225 de 22 de enero de 2021, el Presidente Constitucional de
la República del Ecuador, nombró al señor Julio Fernando Bueno Arévalo, como Ministro de
Cultura y Patrimonio;
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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