Acuerdos. MCYP-MCYP-2021-0084-A Deróguese el Acuerdo Ministerial Nro. MCYP-MCYP-2021-0035-A de 29 de marzo de 2021

Número de Boletín480
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Cultura y Patrimonio
Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 480
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Jueves 24 de junio de 2021
República
del Ecuador Ministerio de Cultura y Patrimonio
Dirección: Av. Colón E5-34 y Juan León Mera. Código postal: 170524 / Quito Ecuador
Teléfono: 593-2 381-4550 - www.culturaypatrimonio.gob.ec
ACUERDO Nro. MCYP-MCYP-2021-0084-A
SRA. LCDA. MARIA ELENA MACHUCA MERINO
MINISTRA DE CULTURA Y PATRIMONIO
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “A las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las
políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión ()”;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y
la ley ()”;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”;
Que, el artículo 377 de la Constitución de la República del Ecuador, señala: “El sistema nacional de cultura
tiene como finalidad fortalecer la identidad nacional; proteger y promover la diversidad de las expresiones
culturales; incentivar la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y disfrute de bienes y
servicios culturales; y salvaguardar la memoria social y el patrimonio cultural. Se garantiza el ejercicio pleno
de los derechos culturales”;
Que, el artículo 380 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “Serán responsabilidades del
Estado: () 3. Asegurar que los circuitos de distribución, exhibición pública y difusión masiva no condicionen
ni restrinjan la independencia de los creadores, ni el acceso del público a la creación cultural y artística
nacional independiente () 7. Garantizar la diversidad en la oferta cultural y promover la producción
nacional de bienes culturales, así como su difusión masiva. 8. Garantizar los fondos suficientes y oportunos
para la ejecución de la política cultural”;
Que, el artículo 47 del Código Orgánico Administrativo, señala: “La máxima autoridad administrativa de la
correspondiente entidad pública ejerce su representación para intervenir en todos los actos, contratos y
relaciones jurídicas sujetas a su competencia. Esta autoridad no requiere delegación o autorización alguna de
un órgano o entidad superior, salvo en los casos expresamente previstos en la ley”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 5 de 15 de enero de 2007, publicado en el Registro Oficial No. 22 de 14
de febrero de 2007, se declaró como política de Estado el desarrollo cultural del país y se creó el Ministerio de
Cultura, como organismo rector del ámbito cultural, el cual mediante Decreto Ejecutivo No. 1507 de 8 de mayo
de 2013, pasó a denominarse Ministerio de Cultura y Patrimonio;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 22 de 24 de mayo de 2021, el Presidente Constitucional de la República
del Ecuador, designó a la licenciada María Elena Machuca Merino, como Ministra de Cultura y Patrimonio;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MCYP-MCYP-2021-0035-A de 29 de marzo de 2021, el licenciado
Julio Fernando Bueno Arévalo, Ministro de Cultura y Patrimonio a esa fecha, derogó el Acuerdo Ministerial
Nro. 234-2010 de 07 de diciembre de 2010, a través del cual se estableció la gratuidad y el libre acceso de los
visitantes nacionales y extranjeros a los Museos y Centro Culturales que administra el Ministerio de Cultura a
nivel nacional;
Que, a través de memorando Nro. MCYP-CGAJ-2021-0453-M de 28 de mayo de 2021, el magíster Diego
Eduardo Guzmán Barrera, Coordinador General de Asesoría Jurídica, solicitó al señor Alfonso Javier Espinosa
Andrade, Subsecretario de Memoria Social, que emita un informe de viabilidad para establecer la gratuidad y el
libre acceso a los museos y repositorios que administra el Ministerio de Cultura y Patrimonio y sus Entidades
Operativas Desconcentradas;
Que, mediante memorando Nro. MCYP-SMS-2021-0338-M de 29 de mayo de 2021, el señor Alfonso Javier
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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