Acuerdos. MCYP-MCYP-2022-0010-A Apruébese el Plan Estratégico Institucional 2022-2025

Número de Boletín19
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Cultura y Patrimonio
Segundo Suplemento Nº 19 - Registro Ocial
28
Viernes 11 de marzo de 2022
República
del Ecuador
Ministerio de Cultura y Patrimonio
Dirección: Av. Colón E5-34 y Juan León Mera. Código postal: 170524 / Quito Ecuador
Teléfono: 593-2 381-4550 - www.culturaypatrimonio.gob.ec
ACUERDO Nro. MCYP-MCYP-2022-0010-A
SRA. LCDA. MARÍA ELENA MACHUCA MERINO
MINISTRA DE CULTURA Y PATRIMONIO
ACUERDO MINISTERIAL
PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL 2022-2025 DEL MINISTERIO DE CULTURA Y
PATRIMONIO
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: que las Ministras y
Ministros de Estado además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde: “Ejercer la rectoría de
las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y sus resoluciones administrativas que
requieren su gestión ();
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”;
Que, el numeral 2 del artículo 277 de la Constitución de la República, dispone lo siguiente: “ Para la
consecución del buen vivir, serán deberes generales del Estado: (...) 2. Dirigir, planificar y regular el proceso
de desarrollo (...)”;
Que, el artículo 280 de la Constitución de la República, establece: “ El Plan Nacional de Desarrollo es el
instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; la programación y ejecución del
presupuesto del Estado; y la inversión y la asignación de los recursos públicos; y coordinar las competencias
exclusivas entre el Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados. Su observancia será de carácter
obligatorio para el sector público e indicativo para los demás sectores”;
Que, el numeral 1 del artículo 3 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece como uno
de los objetivos de este cuerpo legal: “(...) 1. Normar el Sistema Nacional Descentralizado de Planificación
Participativa y el Sistema Nacional de las Finanzas Públicas, así como la vinculación entre éstos;”;
funcionamiento de los sistemas de planificación y de finanzas públicas se establecerá los mecanismos de
descentralización y desconcentración pertinentes, que permitan una gestión eficiente y cercana a la población;
Que, el artículo 25 de la Ley Orgánica de Cultura determina: “De la rectoría del Sistema Nacional de Cultura.
Le corresponde al Ministerio de Cultura y Patrimonio ejercer la rectoría del Sistema Nacional de Cultura”;
Que, el artículo 65 del Código Orgánico Administrativo determina que: “Competencia. La competencia es la
medida en la que la Constitución y la ley habilitan a un órgano para obrar y cumplir sus fines, en razón de la
materia, el territorio, el tiempo y el grado.”;
Que, el Ministerio de Cultura fue creado mediante Decreto Ejecutivo No. 5, de 15 de enero de 2007, publicado
en el Registro Oficial No. 22 de 14 de febrero del mismo año, hoy denominado Ministerio de Cultura y
Patrimonio, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Ejecutivo No. 1507 de fecha 08 de mayo del 2013,
cuya misión radica en fortalecer la identidad nacional y la interculturalidad; proteger y promover la diversidad
de las expresiones culturales; incentivar la libre creación artística y la producción, difusión, distribución y
disfrute de bienes y servicios culturales; y salvaguarda de la memoria social y el patrimonio cultural,
garantizando el ejercicio pleno de los derechos culturales;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 22, de 24 de mayo de 2021, el Presidente Constitucional de la República
del Ecuador, designa a la señora María Elena Machuca como Ministra de Cultura y Patrimonio;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. SNP-SNP-2021-0006-A de 29 de septiembre de 2021, la Secretaría
Nacional de Planificación emite la Norma Técnica del Sistema Nacional de Planificación Participativa;
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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