Acuerdos. Mdt-2017-0131 Dispónese Que El Delegado Del Presidente De La República Ante El Comité Interinstitucional Del Plan “toda Una Vida”, Reciba Varios Rubros

Número de Boletín92
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio del Trabajo
8 – Martes 3 de octubre de 2017 Registro Of‌i cial Nº 92
Sucumbíos, establecimiento de salud que corresponde al
Segundo Nivel de Atención y Cuarto Nivel de Complejidad,
con una dotación de ciento sesenta (160) camas y una
cartera de servicios que incluye las cuatro especialidades
básicas: Gíneco Obstetricia, Pediatría, Cirugía General y
Medicina Interna y otras propias que corresponden a su
nivel de atención y complejidad.
Art. 2.- Esta Entidad Operativa Desconcentrada (EOD)
que se crea pertenece a la Coordinación Zonal 1 – Salud y
desarrollará sus actividades con autonomía administrativa,
f‌i nanciera y de talento humano.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Deróguense todas las disposiciones que se opongan al
presente instrumento, expresamente el Acuerdo Ministerial
No. 0455 de 17 de mayo de 2006, publicado en el Registro
Of‌i cial No. 305 de 4 de julio de 2006 mediante el cual se
aprobó la dotación de camas del Hospital Marco Vinicio
Iza de la provincia de Sucumbíos, de 40 a 73 camas.
DISPOSICIÓN FINAL
De la ejecución del presente Acuerdo Ministerial que
entrará en vigencia a partir de su publicación en el
Registro Of‌i cial, encárguese a la Subsecretaria Nacional de
Provisión de Servicios de Salud a través de la Dirección
Nacional de Hospitales, a las Coordinaciones Generales
de Planif‌i cación y Administrativa Financiera y a la
Coordinación Zonal 1 - Salud.
Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a 12
de septiembre del 2017.
f.) Dra. Verónica Espinosa Serrano, Ministra de Salud
Pública.
Es f‌i el copia del documento que consta en el archivo de
la Dirección Nacional de Secretaría General al que me
remito en caso necesario.- Lo Certif‌i co, en Quito a, 12
de septiembre del 2017.- f.) Ilegible.- Secretaría General,
Ministerio de Salud Pública.
No. MDT-2017-0131
Abg. Raúl Clemente Ledesma Huerta
MINISTRO DEL TRABAJO
Que, el literal a) del artículo 51 de la Ley Orgánica del
Servicio Público – LOSEP dispone como atribución del
Ministerio del Trabajo ejercer la rectoría en materia de
remuneraciones del sector público, y expedir las normas
técnicas correspondientes en materia de recursos humanos,
conforme lo determinado en esta ley;
Que, el literal d) del artículo 51 de la Ley Orgánica del
Servicio Público LOSEP dispone como atribución
del Ministerio del Trabajo, realizar estudios técnicos
relacionados a las remuneraciones e ingresos
complementarios del sector público;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 11, de 25 de mayo
de 2017, el señor Presidente Constitucional de la República
del Ecuador dispuso en el artículo 3 “Creáse el Comité
Interinsitucional del Plan Toda una Vida que tiene como
f‌i nalidad coordinar y articular las políticas, lineamientos
y acciones que permitan la implementación conjunta de
las misiones “Toda una Vida” y “Las Manuelas”; Comité
que será presidido por un delegado del Presidente de la
República ;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 57, de 04 de julio de
2017, se designó a la señora Rocío González Navas como
delegada del Presidente de la República del Ecuador ante el
Comité Interinstitucional del Plan “Toda una Vida”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 8, de 24 de mayo
de 2017, el Presidente Constitucional de la República,
señor licenciado Lenín Moreno Garcés, designa al señor
abogado Raúl Clemente Ledesma Huerta, como Ministro
del Trabajo;
Que, es necesario regular los rubros económicos que
percibirá la o el delegado del Presidente de la República del
Ecuador ante el Comité Interinstitucional del Plan “Toda
una Vida” que se deriven de la ejecución de las actividades
a desarrollarse en ejercicio de la delegación;
Que, mediante of‌i cio No. MEF-VGF-2017-0138-O, de 18 de
agosto de 2017, el Ministerio de Finanzas, de conformidad
con la competencia que le otorga el artículo 132 literal c) de
la Ley Orgánica del Servicio Público – LOSEP, emitió el
dictamen presupuestario favorable, previo a la expedición
del presente Acuerdo; y,
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere el artículo
51 literal a) de la Ley Orgánica del Servicio Público,
Acuerda:
Art. 1.- La o el delegado del Presidente de la República
ante el Comité Interinstitucional del Plan “Toda una Vida”,
siempre que no percibiere ingresos del Estado; para el
ejercicio de sus funciones recibirá los siguientes rubros:
1. Dietas.- El valor de la dieta por sesión realizada será
el equivalente al cinco por ciento de la remuneración
mensual unif‌i cada del grado ocho (8) de la Escala de
Remuneraciones Mensuales Unif‌i cadas del Nivel
Jerárquico Superior, con un máximo del treinta por
ciento (30%) de esa remuneración mensual unif‌i cada.
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