Acuerdo Mdt-2018-0008 Refórmese El Acuerdo Ministerial Mdt-2015-0240, Por Medio Del Cual Se Expidió Las Normas Para La Organización, Conformación Yfuncionamiento Del Consejo Nacional Del Trabajo Y Salarios (cnts)

Número de Boletín226
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio del Trabajo
28 – Viernes 20 de abril de 2018 Registro Of‌i cial Nº 226
Referencias
1. Ministerio de Salud de la Nación. Manejo seguro
de cadáveres desastres, cólera y otras infecciones
[Internet]. N° 7. República Argentina; 56 p. Available
from: web: www.msal.gov.ar
2. Organización Panamericana de la Salud. Manejo de
cadáveres en situaciones de desastres [Internet]. N°5.
Washington, D.C; 204 p. Available from: www.paho.
org/desastres
3. Organización Panamericana de la Salud. La gestión de
cadáveres en situaciones de desastre: Guía práctica para
equipos de respuesta [Internet]. N°6. Oliver Morgan,
Tidball-Binz, Morris D van A, editor. Washington,
D.C.; 64 p. Available from: www.paho.org/desastres
Nro. MDT-2018-0008
Ab. Raúl Clemente Ledesma Huerta
MINISTRO DEL TRABAJO
Considerando:
del Ecuador establece que “Las instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley (…)”;
Ecuador señala que la administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige, entre otros, por los
principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, desconcentración,
descentralización y coordinación;
Que, la Ley Orgánica para la Justicia Laboral y
Reconocimiento del Trabajo en el Hogar se publicó en el
Tercer Registro Of‌i cial Suplemento Nro. 483 de 20 de abril
de 2015;
Que, la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica
para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en
el Hogar establece que en el plazo de ciento ochenta (180)
días a partir de la entrada en vigencia de dicha Ley, el
Ministerio del Trabajo expedirá la normativa secundaria
necesaria para la adecuada aplicación de la misma;
Que, el artículo 118 del Código del Trabajo, reformado por
el artículo 11 de la Ley Orgánica para la Justicia Laboral
y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar, establece que
el Consejo Nacional del Trabajo y Salarios es el órgano
tripartito de carácter consultivo y técnico del Ministerio
del Trabajo, que tendrá a su cargo el diálogo social sobre
políticas de trabajo. El mismo artículo dispone que el
Ministerio del Trabajo emitirá la normativa secundaria
necesaria para la organización y conformación del Consejo
Nacional del Trabajo y Salarios; y, la adecuada aplicación
de lo señalado en este artículo.
Que, el artículo 119 del Código del Trabajo, Reformado por
el artículo 12 de la Ley Orgánica para la Justicia Laboral
y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar, prescribe que
corresponde al Consejo Nacional del Trabajo y Salarios
desarrollar el diálogo social sobre políticas de trabajo, así
como también sobre la f‌i jación de las remuneraciones; y que
este Consejo deberá asesorar al Ministro rector del trabajo
en el señalamiento de las remuneraciones y en la aplicación
de una política del trabajo y salarial acorde con la realidad,
que permita el equilibrio entre los factores productivos, con
miras al desarrollo del país;
Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 120 del
Código del Trabajo, le corresponde al Ministro de Trabajo
y Empleo dictar el reglamento para el funcionamiento del
Consejo Nacional del Trabajo y Salarios;
Que, mediante Acuerdo No. 59 publicado en el Registro
Of‌i cial No. 92 de 6 de junio de 2000 se expidió el
Reglamento para el Funcionamiento del Consejo Nacional
de Salarios CONADES” y de las Comisiones Sectoriales;
Que, el Ministerio del Trabajo, expidió el Acuerdo
Ministerial Nro. MDT-2015-0240, el mismo que fue
publicado en Registro Of‌i cial Nro. 622 de fecha 06 de
noviembre 2015, mediante el cual se expidió las Normas
para la Organización, Conformación y Funcionamiento del
Consejo Nacional del Trabajo y Salarios (CNTS).
Que, el Ministerio del Trabajo, expidió el Acuerdo
Ministerial Nro. MDT-2016-0044, publicado en Registro
Of‌i cial, Primer Suplemento Nro. 694, de fecha 19 de febrero
2016, a través del cual se expidió la Reforma a las Normas
para la Organización, Conformación y Funcionamiento del
Consejo Nacional del Trabajo y Salarios (CNTS).
República del Ecuador establece que corresponde a las
ministras y ministros de Estado expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requieran para el ejercicio
de su gestión y,
En uso de las atribuciones conferidas en los Art. 154
17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la
Función Ejecutiva,
Acuerda:
REFORMAR EL ACUERDO MINISTERIAL MDT-
2015-0240, POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDIÓ
LAS NORMAS PARA LA ORGANIZACIÓN,
CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL
CONSEJO NACIONAL DEL TRABAJO Y SALARIOS
(CNTS)
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