Acuerdo Mdt-2018-0011 Deléguense Funciones A La Abogada Estefanía Nataly González Arboleda, Directora Regional De Trabajo Y Servicio Público De Loja

Fecha de disposición28 Febrero 2018
Fecha de publicación28 Febrero 2018
Número de Gaceta190
Miércoles 28 de febrero de 2018 – 37Registro Of‌i cial Nº 190
desconocido), actualmente reside en Manta, Ecuador, y no
tiene planes para mudarse de ese país. Ambos hijos son de
una relación anterior y son menores de dieciocho años, y
no tienen planes para mudarse de ese país”.
Que mediante el sistema en línea de verif‌i cación de datos
del Registro Civil del Ecuador, se corroboró que el señor
Muentes Santana Mario Roberth, con cédula de ciudadanía
número 1308785789, es nacional del Estado ecuatoriano;
Que mediante Informe de Repatriación Activa No. MJDHC-
CGAJ-DAI-2017-019, dirigido a la señora Coordinadora
General de Asesoría Jurídica, la Directora de Asuntos
Internacionales informa: “analizado minuciosamente
el presente expediente en su totalidad, el mismo que
cumple con todas las condiciones y disposiciones legales
pertinentes para el proceso de traslado-repatriación del
referido connacional Muentes Santana Mario Roberth,
persona privada de su libertad en los EEUU conforme
lo determina el artículo 3 del Convenio sobre Traslado
de Personas Condenadas, Estrasburgo, de 21 de marzo
de 1983”; y, “recomienda la suscripción del Acuerdo
Ministerial, su repatriación a territorio ecuatoriano a f‌i n
de que termine de cumplir su condena privativa de libertad
en un Centro de Rehabiliatación Social del país”;
Que conforme consta en los informes técnicos del
expediente esta cartera de Estado considera que la
repatriación del ciudadano ecuatoriano Muentes Santana
Mario Roberth, responde a cuestiones humanitarias, dado
que la reunif‌i cación familiar, la convivencia en un ambiente
propio de dicho connacional contribuirá a su efectiva
rehabilitación; y,
En ejercicio de las facultades que conf‌i ere el artículo 154,
17 y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo
de la Función Ejecutiva; 727 y 728 del Código Orgánico
Integral Penal; y, el Acuerdo Ministerial Nº 1266 de fecha
04 de julio de 2016;
Acuerda:
Artículo 1.- Aceptar la solicitud de repatriación del
ciudadano ecuatoriano Muentes Santana Mario Roberth,
con cédula de ciudadanía No. 1308785789, con la f‌i nalidad
de que se ejecute la sentencia, en la cual se impone una pena
privativa de libertad al citado connacional, impuesta por el
Tribunal de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Central
de Florida División de Tampa, dentro del caso número:
8:16-cr-313-T-27MAP; USM: 67359-018, de conformidad
con el Convenio de Traslado de Personas Condenadas de
Estrasburgo.
Artículo 2.- Disponer al/la Director/a de Asuntos
Internacionales del Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, notif‌i que con el contenido del presente
Acuerdo Ministerial al/la Jefe/a de la Unidad Internacional
de Traslado de Prisioneros del Departamento de Justicia
de los Estados Unidos de América. Dicha notif‌i cación
será coordinada con el/la Director/a de Asistencia Judicial
Internacional y de Movilidad Humana del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Así mismo,
realice todas las acciones tendientes a ejecutar el presente
Acuerdo, dentro de sus competencias, asistido/a en lo que
corresponda por delegados de la Of‌i cina Nacional Central
de Interpol.
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dado en Quito, D.M., a los 26 día(s) del mes de Enero de
dos mil dieciocho.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Sra. Dra. Emma Francisca Herdoiza Arboleda, Coordi-
nadora General de Asesoría Jurídica - Delegada de la
Ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
RAZÓN: De conformidad a las atribuciones y
responsabilidades conferidas en el Estatuto Orgánico por
Procesos, del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, certif‌i co que a foja(s) 1-4 es (son) FIEL COPIA
DEL ORIGINAL (Acuerdo No. MJDHC-CGAJ-2018-
0019-A, de 26 de enero de 2018), que reposa en el Sistema
de Gestión Documental QUIPUX.- Quito, 31 de enero
de 2018.- f.) Ab. Priscila Barrera, Directora Nacional
de Secretaría General, Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos.
Nro. MDT-2018-0011
Raúl Clemente Ledesma Huerta
MINISTRO DEL TRABAJO
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador, dispone que las Ministras y
Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas
en la Ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de
la Función Ejecutiva (ERJAFE), en su artículo 17 determina
que los Ministros de Estado son competentes para el
despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios
sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la
República, salvo los casos expresamente señalados en leyes
especiales;
Que, el inciso segundo del artículo 17 del Estatuto ibídem,
establece que los Ministros de Estado, dentro de la esfera
de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y
deberes al funcionario inferior jerárquico de su respectivo
Ministerio, cuando se ausenten en comisión de servicios al
exterior o lo estimen conveniente;
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