Acuerdos. MDT-2018-0183 Expídese la Norma Técnica del Proyecto “Mi Primer Empleo”

Número de Boletín351
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio del Trabajo
8 – Viernes 19 de octubre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 351
Que mediante Informe de Repatriación Pasiva No.
MJDHC-CGAJ-DAI-2018-0051, respecto del proceso del
proceso de repatriación del privado de libertad colombiano
Román Rodríguez Wilmer Adrián; dirigido a la señora
Coordinadora General de Asesoría Jurídica, la Directora
de Asuntos Internacionales informa que: “(...) el mismo
cumple con todas las condiciones y disposiciones legales
establecidas en el ‘Reglamento sobre el procedimiento de
repatriación de personas sentenciadas entre el gobierno de
la República del Ecuador y el gobierno de la República de
Colombia’ y recomienda el traslado del privado de libertad
a la República de Colombia, sin perjuicio de que previo
a su traslado cumpla con la normativa nacional para el
efecto”;
Que mediante Memorando Nro. MJDHC-CGAJ-DAI-
2018-0192-M, de 07 de agosto de 2018, la Directora de
Asuntos Internacionales informa que la multa impuesta
al ciudadano Román Rodríguez Wilmer Adrián, ha sido
exonerada por el Juez de Garantías Penitenciarias con sede
en el cantón Latacunga, cumpliéndose así con la normativa
nacional para el efecto.
Que mediante Certif‌i cado emitido por el Consulado de
Colombia en Quito, se corrobora que el señor Román
Rodríguez Wilmer Adrián, con cédula de ciudadanía
número 87066708, es nacional del Estado colombiano;
En ejercicio de las facultades que conf‌i ere el artículo 154,
67 y 68 del Código Orgánico Administrativo; 727 y 728 del
Código Orgánico Integral Penal; y, el Acuerdo Ministerial
Nº 1266 de fecha 04 de julio de 2016;
Acuerda:
Artículo 1.- Aceptar la solicitud de repatriación del
ciudadano colombiano Román Rodríguez Wilmer
Adrián, con cédula de ciudadanía No. 87066708, por
verif‌i car el cumplimiento de requisitos constantes en el
Convenio de Repatriación de Condenados entre Ecuador y
Colombia; y en el Reglamento operativo del Ministerio de
Justicia y del Derecho de Colombia; y la Corte Suprema
de Justicia del Ecuador sobre Traslado de Personas
Condenadas, con la f‌i nalidad de que termine de cumplir su
sentencia privativa de libertad en Colombia, de acuerdo a la
Sentencia emitida el 30 de octubre de 2015, por el Tribunal
Segundo de Garantías Penales del Carchi en la República
del Ecuador.
Artículo 2.- Disponer al/la Director/a de Asuntos
Internacionales del Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, notif‌i que con el contenido del presente
Acuerdo Ministerial al ciudadano colombiano Román
Rodríguez Wilmer Adrián; al/la Ministro/a de Justicia
y del Derecho de Colombia. Dicha notif‌i cación será
coordinada con el/la Director/a de Asistencia Judicial
Internacional y de Movilidad Humana del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Así mismo,
realice todas las acciones tendientes a ejecutar el presente
Acuerdo, dentro de sus competencias, asistido/a en lo que
corresponda por delegados de la Of‌i cina Nacional Central
de Interpol.
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial. Dado en Quito, D.M., a los 22 día(s) del mes de
Agosto de dos mil dieciocho.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Sra. Dra. Emma Francisca Herdoiza Arboleda, Coordinadora
General de Asesoría Jurídica - Delegada de la Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
RAZÓN: De conformidad a las atribuciones y
responsabilidades conferidas en el Estatuto Orgánico por
Procesos, del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, certif‌i co que a foja(s) 1-4 es (son) FIEL COPIA
DEL ORIGINAL ( Acuerdo No. MJDHC-CGAJ-2018-
0083-A, de 22 de agosto de 2018), que reposa en el Sistema
de Gestión Documental QUIPUX de esta Cartera de
Estado.
Quito, 24 de Agosto de 2018.
f.) Abg. Priscila Barrera, Directora Nacional de Secretaria
General, Ministerio de Justicia Derechos Humanos y
Cultos.
Nro. MDT-2018-0183
Abg. Raúl Clemente Ledesma Huerta
MINISTRO DEL TRABAJO
Considerando:
Ecuador reconoce a los jóvenes como actores estratégicos
en el desarrollo del país, fomentando su incorporación al
trabajo en condiciones justas y dignas, con énfasis en la
capacitación, la garantía de acceso al primer empleo;
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador establece que las ministras y
ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas
en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
del Ecuador, determina los organismos, dependencias,
entidades, personas jurídicas que conforman el sector
público;
Ecuador, establece que las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley;
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