Acuerdos. MDT-2019-118-A Autorícese la comisión de servicios al exterior de la abogada Sharian Natasha Moreno Guerrero, Subsecretaria de Trabajo

Número de Boletín505
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio del Trabajo
20 – Lunes 10 de junio de 2019 Registro Of‌i cial Nº 505
suscribirá un of‌i cio dirigido al Ministerio de
Economía y Finanzas para que se proceda
con la eliminación de las partidas conforme el
segundo inciso del literal a) del artículo 2 del
presente Acuerdo.
DISPOSICIÓN GENERAL
PRIMERA.- La o el servidor delegado de conformidad
con el artículo 59 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva, en todo acto o
resolución que vaya a ejecutar o adoptar en virtud de esta
delegación, hará constar expresamente esta circunstancia y
deberá observar las disposiciones constitucionales, legales
y reglamentarias; y como delegado, será responsable por
cualquier falta por acción u omisión en el ejercicio de la
misma.
DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Acuerdo entrará
en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito
Metropolitano, a los 04 de febrero de 2019.
f.) Abg. Andrés Vicente Madero Poveda, Ministro del
Trabajo (E).
Nro. MDT-2019-118-A
Abg. Andrés Madero Poveda
MINISTRO DEL TRABAJO (E)
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución
de la República del Ecuador dispone que corresponde
a las ministras y ministros de Estado, además de las
atribuciones establecidas en la ley, ejercer la rectoría de
las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su
gestión;
Que, el artículo 226 de la Norma Suprema establece que las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las
servidoras o servidores públicos y las personas que actúen
en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley;
prescribe que la competencia es la medida en la que la
Constitución y la ley habilitan a un órgano para obrar y
cumplir sus f‌i nes, en razón de la materia, el territorio, el
tiempo y el grado;
Que, el segundo inciso del artículo 66 del Código ibídem
indica que, para la distribución de las competencias
asignadas a la administración pública se preferirán los
instrumentos generales que regulen la organización,
funcionamiento y procesos;
Que, el artículo 4 de Ley Orgánica del Servicio Público
determina que, son servidoras o servidores públicos todas
las personas que en cualquier forma o a cualquier título
trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función o
dignidad dentro del sector público;
Que, el inciso primero del artículo 17 del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
establece que, los Ministros de Estado son competentes
para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus
ministerios sin necesidad de autorización alguna del
Presidente de la República, salvo los casos expresamente
señalados en leyes especiales;
Que, el artículo 15 de las Normas de Optimización y
Austeridad al Gasto Público, expedido mediante Decreto
Ejecutivo Nro. 135, de 07 de septiembre de 2017,
publicado en el Registro Of‌i cial Suplemento Nro. 76,
de 11 de septiembre de 2017, señala que los viajes al
exterior de los servidores públicos de la Función Ejecutiva
cuyo objetivo sea la participación en eventos of‌i ciales y
en representación de la institución o del Estado, serán
previamente calif‌i cados y autorizados por la Secretaría
General de la Presidencia de la República;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 635, de 11 de
enero de 2019, el Presidente la República del Ecuador,
señor licenciado Lenín Moreno Garcés, designa al señor
abogado Andrés Vicente Madero Poveda como Ministro
del Trabajo Encargado;
Que, el artículo 50 del Reglamento General de la Ley
Orgánica del Servicio Público menciona que las o los
servidores públicos podrán ser declarados en comisión
de servicios con remuneración para efectuar estudios
regulares de posgrados, reuniones, conferencias, pasantías
y visitas de observación, comprendiendo las establecidas
en virtud de convenios internacionales y similares, que
benef‌i cien a la administración pública, en el país o en
el exterior, hasta por un plazo de dos años, previas las
autorizaciones correspondientes;
Que, el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior y en
el Exterior de los Servidores Públicos de las Instituciones
de la Administración Pública Central, Institucional y que
dependen de la Función Ejecutiva señala que, para efectos
de la autorización de viaje al exterior y en el exterior,
el servidor público solicitante deberá adjuntar algunos
documentos habilitantes;
Que, el artículo 7 del Reglamento ibídem determina
como documentos habilitantes: Invitación al evento y/o
requerimiento de viaje; 2. Itinerario o reserva de pasajes;
3. Informe de justif‌i cación del viaje con los resultados
esperados, emitido y suscrito por el funcionario que va
a realizar la comisión de servicios de acuerdo al formato
que consta adjunto al Sistema de Viajes al Exterior y en
el Exterior; 4. Certif‌i cación Presupuestaria en el caso
de que el f‌i nanciamiento sea con recursos del Estado,
Abg. A
NISTRO
Considerando:
l artículo
uad
Nro. MDT-2019-1
Andrés Madero Poveda
O DEL TRAB
siderando:
118-A
Andrés Madero Pov
N
g. Andrés Madero Poveda
TRO DEL TRABAJO (E)
G
Q
a
ene
seño
bog
e, m
ero d
li
med
20
ante
lif‌i
a Presi
de
cados
idenc
la
y
ticipa
instit
s
blicos d
ación e
ñala
e la F
upleme
que
Que
Or
l Trab
o An
bajo E
9,
nciado
drés V
l Pre
Lenín
reto Ej
side
de la
jecu
oriz
a Repúb
vay
hará c
servar l
tarias;
a por a
INAL.-
El p
de su suscripc
tro Of‌i c
dor de
Estatuto de
a Función Ejecut
ya a ejecutar o adopt
onstar expresamente
as disposiciones co
y como delegado, será resp
acción u omisión en el
El presente Acuerdo entra
ión sin perjuicio
va
ptar e
nte esta c
constitucion
como delegado, será re
cción u omisión e
ervidor
del Es
la F
aya
co
la
; y como delegado, será respon
r acción u omisión en el ejercic
ur
todo
irtud de
unstan
dico y
acto o
ad
y
la
trab
d
ancia
legales
ble por
y
R
Que,
Rég
nida
el
,
ad d
pres
ntr
so
que e
ten se
de
n serv
en cua
Le
ido
y Org
e
á
ulen
ca se
la
min
Pr
tablec
el d
t
n Jur
ce que
ciso pr
ídico
mero
sector p
uier
s o eje
públi
o se
r forma
rza
y la l
tículo 6
ue la c
y la ley
s, en razón de la materia, e
o del artícu
istribu
ga
blicos y
stad estatal eje
ultades que les se
ey;
65 del Código Orgánico A
competencia es la medida
y habilitan a un órg
e
n razón de la materia, el territori
ean
Orgánico Ad
mpetencia es la medi
abilitan a u
ma S
us organ
s públi
testa
acul
le
6
competencia es la medida en
ley habilitan a un órgano para o
azón de la materia, el ter
lame
buidas e
nte las
en la
en
de
dep
d
strativo
que la
el
docu
la a
serv
me
auto
or
n de
izac
s
istració
a Fun
l R
Se
ón Pú
Reg
dore
lamen
d
ntes;
do
ca, en
año
y
el
requ
3
ue, el
o doc
l artíc
úb
s habil
co s
tante
j
de viaje
olicit
ca C
ecutiv
eal
bli
Central
as

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR