MDT-2020-232 Expídese la Norma técnica para la aplicación de los concursos de mérito y oposición dispuestos en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID 19

Número de Boletín365
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio del Trabajo
Jueves 7 de enero de 2021 Registro Ocial Nº 365
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REPÚBLICA DEL ECUADOR
MINISTERIO DEL TRABAJO
ACUERDO MINISTERIAL Nro. MDT-2020-232
Abg. Andrés Isch Pérez
MINISTRO DEL TRABAJO
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, ordena: “Las instituciones del
Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que
actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley.”;
Que, el artículo 228 de la Constitución de la República del Ecuador, determina: “El ingreso al
servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán
mediante concurso de méritos y oposición, en la forma que determine la ley”;
Que, el segundo inciso de su artículo 65 de la Ley Orgánica del Servicio Público, dispone: “El
ingreso a un puesto público se realizará bajo los preceptos de justicia, transparencia y sin
discriminación alguna.”;
Que, el literal i) del artículo 52 de la Ley Orgánica del Servicio Público, establece: “De las
atribuciones y responsabilidades de las Unidades de Administración del Talento Humano.-
Las Unidades de Administración del Talento Humano, ejercerán las siguientes atribuciones y
responsabilidades: (...) Aplicar las normas técnicas emitidas por el Ministerio del Trabajo,
sobre selección de personal, capacitación y desarrollo profesional con sustento en el Estatuto,
Manual de Procesos de Descripción, Valoración y Clasificación de Puestos Genérico e
Institucional”;
Que, mediante Suplemento del Registro Oficial Nro. 229 de 22 de junio de 2020, se publicó la Ley
Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria derivada del COVID-19;
Que, el artículo 25 de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria
derivada del COVID-19, dispone: “Estabilidad de trabajadores de la salud.- Como excepción,
y por esta ocasión, los trabajadores y profesionales de la salud que hayan trabajado durante
la emergencia sanitaria del coronavirus (COVID-19) con un contrato ocasional o
nombramiento provisional en cualquier cargo en algún centro de atención sanitaria de la Red
Integral Pública de Salud (RIPS) y sus respectivas redes complementarias, previo el concurso
de méritos y oposición, se los declarará ganadores del respectivo concurso público, y en
consecuencia se procederá con el otorgamiento inmediato del nombramiento definitivo.”;
Que, la Disposición Transitoria Novena de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir
la Crisis Sanitaria derivada del COVID-19, señala: “Los concursos públicos de méritos y
oposición para otorgar los nombramientos definitivos a los trabajadores y profesionales de la
salud que hayan trabajado durante la emergencia sanitaria del coronavirus (COVID-19) en

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