Acuerdos 000217. Desígnase a la socióloga Tamara Genoveva Merizalde Manjarres delegada permanente de la señora Ministra ante el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia

Número de Boletín24
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Inclusión Económica y Social
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2013

Doris Solíz Carrión

MINISTRA DE INCLUSIÓN ECONÓMICA Y

SOCIAL

Considerando:

Que, el artículo 35 de la Constitución de la República establece que las personas adultas mayores, niños, niñas y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de la libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad;

Que, el artículo 194 del Código de la Niñez y Adolescencia, establece que el Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia es un organismo colegiado de nivel nacional, integrado paritariamente por representantes del Estado y de la sociedad civil, que goza de personería jurídica de derecho público y autonomía orgánica, funcional y presupuestaria. Está representado legalmente por su Presidente, que es el Ministro de Bienestar Social o su delegado permanente. Contará, con un Vicepresidente, que será elegido de entre los cuatro representantes de la sociedad civil, quien subrogará al Presidente en caso de ausencia de éste;

Que, el artículo 196 del Código de la Niñez y Adolescencia determina a los integrantes del Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, entre los cuales se encuentran: "1. El Ministro de Bienestar Social o su delegado permanente; 6. El representante legal del INNFA";

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 580, publicado en Registro Oficial Suplemento No. 158 del 29 de agosto del 2007, se denomina al Ministerio de Bienestar Social como Ministerio de Inclusión Económica y Social;

Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1356, publicado en Registro Oficial No. 838 del 26 de noviembre del 2012, se integró al Ministerio de Inclusión Económica y Social el Instituto de la Niñez y la Familia-INFA y el Programa de Protección Social (PPS)

Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que los Ministros de Estado, dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente, siempre y cuando las...

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