Acuerdos. MERNNR-2018-0006-AM Ingeniero Hugo Patricio Larrea Cabrera

Número de Boletín352
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA Y RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES
2 – Lunes 22 de octubre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 352
Págs.
063-IEPS-2018 Refórmese la PAPP 2018 de
Inversión del Proyecto FAREPS 002-
2018 ............................................................. 13
IEPS-CGCSDI-2018-001 Autorícese al Director
General del IEPS, suscriba adendas
y otros actos administrativos que
se requieran para la ejecución y
cabal cumplimiento de los objetivos
determinados en los Convenios de
Cof‌i nanciamiento suscritos por el IEPS
con varias Asociaciones ............................ 18
SERVICIO DE GESTIÓN
INMOBILIARIA DEL SECTOR
PÚBLICO:
INMOBILIAR-SGLB-2018-0102 Transf‌i érese a
título gratuito el solar y edif‌i cación 1 de la
manzana 404, ubicado en la urbanización
Cerro Colorado de propiedad de
INMOBILIAR, a favor del Ministerio de
Salud Pública ............................................. 25
UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO
Y ECONÓMICO:
UAFE-DG-2018-0058 Concédese a los sujetos
obligados a reportar a la (UAFE), por
esta única vez, el plazo de tres (3) días
adicionales, para que envíen el reporte de
operaciones y transacciones individuales 28
FUNCIÓN JUDICIAL
Y JUSTICIA INDÍGENA
CONSEJO DE LA JUDICATURA:
060A-2018 Nómbrase Subcoordinadora Jurídica
de la Corte Nacional de Justicia ............... 30
061A-2018 Nómbrase Subcoordinadora Jurídica
de la Corte Nacional de Justicia .............. 31
062A-2018 Apruébense los informes técnicos
y desígnese notarios suplentes en las
provincias de: Azuay, Chimborazo, El
Oro, Loja, Manabí, Cañar, Imbabura,
Guayas y Morona Santiago ....................... 33
FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA
Y CONTROL SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS:
SB-2018-945 Refórmese la Codif‌i cación de las
Normas de la Superintendencia de
Bancos ......................................................... 37
Nro. MERNNR-2018-0006-AM
Sr. Ing. Carlos Enrique Pérez García
MINISTRO DE ENERGÍA Y RECURSOS
NATURALES NO RENOVABLES
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador establece la atribución de los
ministros de Estado de ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
del Ecuador, dispone: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y le ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 227 de la norma ibídem establece que
la Administración Pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de ef‌i cacia,
ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación;
establece que los órganos administrativos pueden delegar
el ejercicio de sus competencias, incluida la de gestión;
Que, el artículo 6 de la Ley Orgánica de Empresas
Públicas manif‌i esta que el Directorio y la Gerencia
General son órganos de dirección y administración de las
empresas públicas;
Que, el artículo 11 de la Ley de Hidrocarburos crea la
Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero
(ARCH), y establece que tendrá un Directorio que se
conformará y funcionará conforme lo dispuesto en el
Reglamento;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 314, publicado
en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 171 de 14 de
noviembre del 2010, se crea PETROAMAZONAS EP como
una persona de derecho público con personalidad jurídica,
patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria,
f‌i nanciera, económica, administrativa y de gestión, cuyo
objeto principal es la gestión de las actividades asumidas
por el Estado en el sector estratégico de los hidrocarburos y
sustancias que los acompañan, en las fases de exploración
y explotación;
Que, la Empresa Pública de Hidrocarburos del Ecuador,
EP PETROECUADOR fue creada mediante Decreto
Ejecutivo No. 315 de 06 de abril de 2010, reformado
con Decreto Ejecutivo No. 1351-A, publicado en el
Segundo Suplemento del Registro Of‌i cial No. 860 de 02
de enero de 2013, como una persona de derecho público,
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