MERNNR-MERNNR-2019-0051-AM Emítese la Política de Tratamiento de Datos Personales

Fecha de publicación24 Octubre 2019
Número de Gaceta67
4 – Jueves 24 de octubre de 2019 Registro Of‌i cial Nº 67
de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin
necesidad de autorización alguna del Presidente de la
República (...)”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 811 de 27 de
junio de 2019, el señor Presidente Constitucional de la
República del Ecuador, nombró a la señora Monserrat
Creamer Guillén como Ministra de Educación;
Que, el artículo 31 del Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos del Ministerio de Educación,
establece que la Subsecretaría de Educación del Distrito
Metropolitano de Quito, tiene como misión: “Administrar
el sistema educativo en el territorio de su jurisdicción
y diseñar las estrategias y mecanismos necesarios para
asegurar la calidad de los servicios educativos, desarrollar
proyectos y programas educativos zonales aprobados por
la autoridad educativa nacional y coordinar a los niveles
desconcentrados de su territorio”;
Que, mediante Of‌i cio No. SENESCYT-SENESCYT-
2019-1671-CO de 30 de julio de 2019, el Secretario de
Educación Superior Ciencia Tecnología e Información,
Subrogante, doctor Aldo Alfredo Maino, puso en
conocimiento de esta Cartera de Estado el contenido del
Acuerdo No. SENESCYT-2019-012 de 11 de febrero de
2019, en el que la SENESCYT designó a los miembros
de la Comisión Gestora de la Universidad Intercultural de
las Nacionalidades y Pueblos Indígenas Amawtay Wasi,
conforme lo dispuesto en su Ley de creación; por lo que,
solicitó se designe a un representante del Ministerio de
Educación, a f‌i n de que conforme la Comisión Gestora
de la Universidad Intercultural de las Nacionalidades y
Pueblos Indígenas Amawtay Wasi, en calidad de gestor
externo, el mismo que deberá asistir y participar de manera
obligatoria con voz y voto en la misma;
Que, mediante memorando No. MINEDUC-MINEDUC-
2019-00302-M de 18 de septiembre de 2019, la señora
Ministra de Educación dispuso a la Coordinación General
de Asesoría Jurídica que “(...) a través de la Dirección
Nacional de Normativa Jurídico Educativa se proceda con
la elaboración de los acuerdos ministeriales respectivos a
f‌i n de delegar la participación de esta Cartera de Estado
ante las siguientes instituciones: Comisión Gestora
de la Universidad Amawtay Wasi: Fernanda Catalina
Yépez Calderón, Subsecretaria de Educación del Distrito
Metropolitano de Quito (...)”;
Que, es deber de esta Cartera de Estado garantizar la ef‌i cacia
y ef‌i ciencia de las acciones técnicas y administrativas en
las diferentes instancias del sistema educativo del país; y,
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i eren el artículo
Educación Intercultural; y, artículos 47, 65, 67, 69, 71 y
Acuerda:
Artículo 1.- DELEGAR a la señora Fernanda Catalina
Yépez Calderón, Subsecretaria de Educación del
Distrito Metropolitano de Quito, para que comparezca
en representación de esta Cartera de Estado ante la
Comisión Gestora de la Universidad Intercultural de las
Nacionalidades y Pueblos Indígenas Amawtay Wasi.
Artículo 2.- La delegada será directamente responsable
de sus actuaciones u omisiones y estarán sujetos a
lo que establece el artículo 71 del Código Orgánico
DISPOSICIÓN GENERAL ÚNICA.- Encárguese a la
Coordinación General de Secretaría General, el trámite
de publicación del presente instrumento ante el Registro
Of‌i cial del Ecuador.
DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Acuerdo entrará
en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- Dado en Quito,
D.M., a los 20 día(s) del mes de Septiembre de dos mil
diecinueve.
Documento f‌i rmado electrónicamente.
Sra. María Monserrat Creamer Guillén, Ministra de
Educación.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN.- CERTIFICO.- Es
f‌i el copia del documento que reposa en el Archivo del
Despacho Ministerial.- Quito, 02 de octubre de 2019.-
Firma de responsabilidad, Ilegible.
Nro. MERNNR-MERNNR-2019-0051-AM
Sr. Ing. Carlos Enrique Pérez García
MINISTRO DE ENERGÍA Y RECURSOS
NATURALES NO RENOVABLES
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República conf‌i ere a los ministros de Estado, además
de las atribuciones establecidas en la ley, la rectoría de
las políticas del área a su cargo, así como la facultad de
expedir acuerdos y resoluciones administrativas;
Que, el artículo 226 de la Carta Magna señala que las
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias,
los servidores públicos y las personas que actúen en
virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las
competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la Ley debiendo coordinar acciones para
el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
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