Acuerdos. MERNNR-MERNNR-2019-0055-AM Revóquense varias delegaciones suscritas en el ejercicio de las funciones por los Ex Ministros

Número de Boletín101
SecciónAcuerdos
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA Y RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES
Lunes 16 de diciembre de 2019 – 7Registro O cial Nº 101
Dado en Quito, D.M. , a los 15 día(s) del mes de Noviembre
de dos mil diecinueve.
Documento rmado electrónicamente.
Sra. María Monserrat Creamer Guillén, Ministra de
Educación.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN.- CERTIFICO.- Es
el copia del documento que reposa en el Archivo del
Despacho Ministerial.- Quito, 20 de noviembre de 2019.-
Firma de responsabilidad, Ilegible.
Nro. MERNNR-MERNNR-2019-0054-AM
Sr. Mgs. José Iván Agusto Briones
MINISTRO DE ENERGÍA Y RECURSOS
NATURALES NO RENOVABLES
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador establece la atribución de los
ministros de Estado de ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
del Ecuador determina que las Instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal, ejercerán solamente la scompetencias
y facultades que les serán atribuidas en la Constitución
y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que, el artículo 227 de la norma ibidem establece que
la Administración Pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de e cacia,
e ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
plani cación, transparencia y evaluación;
Que, el artículo 69 del Código Orgánico Administrativo
establece que los órganos administrativos pueden delegar
el ejercicio de sus competencias, incluida la de gestión;
Que, el artículo 73 del mismo cuerpo normativo establece
que las delegaciones se extinguen por revocatoria;
Que, el artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 399
publicado en el Registro O cial Nro. 255 del 05 de Junio
del 2018, dispone la fusión por absorción al Ministerio
de Hidrocarburos el Ministerio de Electricidad y Energía
Renovable, Ministerio de Minería y la Secretaría de
Hidrocarburos;
Que, el artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 399
dispone que una vez concluido el proceso de fusión por
absorción, modi quese la denominación del Ministerio de
Hidrocarburos a Ministerio Energía y Recursos Naturales
No Renovables;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 935 de 19 de
noviembre de 2019, se designa al Magister José Ivan
Agusto Briones, Ministro Energía y Recursos Naturales
No Renovables;
Que, en ejercicio de las atribuciones que le con ere
el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la
República del Ecuador y artículo 69 del Código Orgánico
Administrativo y del Decreto Ejecutivo No. 935 de 19 de
noviembre de 2019.
Acuerda:
Art. 1.- Revocar todas las delegaciones suscritas en el
ejercicio de sus funciones por el Ex Ministro de Energía
y Recursos Naturales No Renovables, Ingeniero Carlos
Perez García, exceptuando los Acuerdos Ministeriales
No.MERNNR-MERNNR-2019-0007-AM de 08 de
febrero de 2019, y, MERNNR-2018-0003-AM de 03 de
septiembre de 2018.
Art. 2.- Este Acuerdo entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su Publicación en el Registro
O cial.
Dado en Quito, D.M., a los 22 día(s) del mes de Noviembre
de dos mil diecinueve.
Documento rmado electrónicamente.
Sr. Mgs. José Iván Agusto Briones, Ministro de Energía y
Recursos Naturales No Renovables.
MINISTERIO DE ENERGÍA Y RECURSOS
NATURALES NO RENOVABLES.- Es el copia
del original.- 28 de noviembre de 2019.- f.) Ilegible,
Secretaría General.
Nro. MERNNR-MERNNR-2019-0055-AM
Sr. Mgs. José Iván Agusto Briones
MINISTRO DE ENERGÍA Y RECURSOS
NATURALES NO RENOVABLES
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador establece la atribución de los
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