MERNNR-MERNNR-2019-0066-AM Desígnense funciones a varios servidores

Fecha de publicación16 Enero 2020
Número de Gaceta122
2 – Jueves 16 de enero de 2020 Registro O cial Nº 122
Págs.
237 Apruébese el Estudio de Impacto
Ambiental Ex post y Plan de Manejo
Ambiental del Proyecto “Lavandería y
Tintorería de Jeans López Llerena” ........ 35
AGENCIA NACIONAL DE
REGULACIÓN Y CONTROL DEL
TRANSPORTE TERRESTRE, TRÁNSITO
Y SEGURIDAD VIAL:
034-DIR-2019-ANT Concédense y niéguense
varias rutas a la “Cooperativa de
Transportes de Pasajeros Ecuador
Ejecutivo” .................................................. 39
035-DIR-2019-ANT Concédese y niéguense
varias rutas a la “Cooperativa de
Transporte de Pasajeros Riobamba” ...... 41
036-DIR-2019-ANT Concédese la modi cación
de frecuencias, de la operadora
“Cooperativa de Transporte Espejo” ..... 47
Nro. MERNNR-MERNNR-2019-0066-AM
Sr. Mgs. José Iván Agusto Briones
MINISTRO DE ENERGÍA Y RECURSOS
NATURALES NO RENOVABLES
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador establece la atribución de los
ministros de Estado de ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
del Ecuador determina que las Instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les serán atribuidas en la Constitución
y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que, el artículo 227 de la norma ibídem establece que
la Administración Pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de e cacia,
e ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
plani cación, transparencia y evaluación;
Que, el artículo 69 del Código Orgánico Administrativo
establece que los órganos administrativos pueden delegar
el ejercicio de sus competencias, incluida la de gestión;
Que, el artículo 98 del Código Orgánico Administrativo,
respecto del Acto Administrativo, prescribe: “Acto
administrativo es la declaración unilateral de voluntad,
efectuada en ejercicio de la función administrativa que
produce efectos jurídicos individuales o generales, siempre
que se agote con su cumplimiento y de forma directa. Se
expedirá por cualquier medio documental, físico o digital
y quedará constancia en el expediente administrativo”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 935 de 19 de
noviembre de 2019, se designa al señor Magister José Iván
Agusto Briones, Ministro Energía y Recursos Naturales
No Renovables;
Que, en ejercicio de las atribuciones que le con ere
el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la
República del Ecuador y artículo 69 del Código Orgánico
Administrativo.
Acuerda:
Art. 1.- Designar a los siguientes servidores del Ministerio
de Energía y Recursos Naturales No Renovables para que,
a nombre y en representación de esta Cartera de Estado,
actúen como delegados permanentes principales ante los
Directorios que se detallan a continuación:
l. Directorio de la Empresa Pública de Hidrocarburos
del Ecuador - EP PETROECUADOR: Delegado
Permanente Principal: Viceministro/a de
Hidrocarburos, o quien haga sus veces;
2. Directorio de la Empresa Pública de Exploración y
Explotación de Hidrocarburos PETROAMAZONAS
- EP: Delegado Permanente Principal: Viceministro/a
de Hidrocarburos, o quien haga sus veces;
3. Flota Petrolera Ecuatoriana FLOPEC: Delegado
Permanente Principal: Viceministro/a de
Hidrocarburos, o quien haga sus veces;
4. Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero
ARCH: Delegado Permanente Principal:
Viceministro/a de Hidrocarburos, o quien haga sus
veces;
5. Comité de Licitación Hidrocarburíferas (COLH):
Delegado Permanente Principal: Viceministro/a de
Hidrocarburos, o quien haga sus veces;
6. Comité Ecuatoriano de la Comisión de Integración
Energética Regional, CIER: Delegado Permanente
Principal: Viceministro/a de Electricidad y Energía
Renovable, o quien haga sus veces;

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