Acuerdo MERNNR-VH-2018-0001-AM Deróguese el Reglamento para la Comercialización de Gas Natural para el Mercado Industrial, expedido mediante Acuerdo Ministerial No. 128, publicado en el Registro Ofi cial 321 de 22 de abril de 2008

Fecha de publicación26 Diciembre 2018
Número de Gaceta394
Miércoles 26 de diciembre de 2018 – 3Registro Of‌i cial Nº 394
Págs.
SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2018-0221
Amplíese el plazo para la liquidación
de la Cooperativa de Ahorro y Crédito
Wiñarik Kawsay, en liquidación .............. 45
FE DE ERRATAS:
- A la publicación de la Ordenanza
sustitutiva de la Ordenanza para regular,
autorizar y controlar la explotación de
materiales pétreos y de construcción que
se encuentran en los lechos de los ríos,
lagos, esteros, playas de río, y canteras
del cantón Quevedo, efectuada en la
Edición Especial del Registro Of‌i cial No.
573 de 5 de octubre de 2018 ..................... 47
- A la publicación de la Ordenanza para la
exoneración de la contribución especial
de mejoras de la calle Amazonas entre
Rosendo Tobar y Escalinata del cantón
San Pedro de Pimampiro, efectuada en
la Edición Especial del Registro Of‌i cial
No. 597 de 26 de octubre de 2018 ............. 48
MINISTERIO DE ENERGÍA Y RECURSOS
NATURALES NO RENOVABLES
Nro. MERNNR-VH-2018-0001-AM
Sr. Ing. Hugo Patricio Larrea Cabrera
VICEMINISTRO DE HIDROCARBUROS
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador establece la atribución de los
ministros de Estado de ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión;
del Ecuador determina que las Instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les serán atribuidas en la Constitución
y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución;
Que, el artículo 227 de la norma ibídem establece que
la Administración Pública constituye un servicio a la
colectividad que se rige por los principios de ef‌i cacia,
ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación;
establece que los órganos administrativos pueden delegar
el ejercicio de sus competencias, incluida la de gestión;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 08 de 24 de mayo
del 2017, se designa al Ing. Carlos Enrique Pérez García,
como Ministro de Hidrocarburos;
Que, el artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 399 publicado
en el Registro Of‌i cial Nro. 255 del 05 de Junio del
2018, dispone la fusión por absorción al Ministerio de
Hidrocarburos el Ministerio de Electricidad y Energía
Renovable, Ministerio de Minería y la Secretaría de
Hidrocarburos;
Que, el artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 399
dispone que una vez concluido el proceso de fusión por
absorción, modifíquese la denominación del Ministerio de
Hidrocarburos a Ministerio Energía y Recursos Naturales
No Renovables;
Que, el artículo 3 de la norma ibídem establece que una
vez concluido el proceso de fusión por absorción, todas las
competencias, atribuciones, funciones, representaciones y
delegaciones constantes en las leyes, decretos, reglamentos
y demás normativa vigente que le correspondían al
Ministerio de Electricidad y Energía Renovable, al
Ministerio de Minería, y a la Secretaría de Hidrocarburos
serán asumidas por el Ministerio de Energía y Recursos
Naturales No Renovables;
Que, mediante acción de personal No. DATH-2018-002
de 01 de septiembre de 2018 se nombró al Ing. Hugo
Patricio Larrea Cabrera Viceministro de Hidrocarburos del
Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables;
Que, Mediante Acuerdo Ministerial No. MERNNR-2018-
0024 de 28 de septiembre de 2018 se delegó al Ing.
Hugo Patricio Larrea Cabrera, para que a nombre y
en representación del Ministro de Energía y Recursos
Naturales No Renovables, Suscriba acuerdos y convenios,
relacionados con el sector de hidrocarburos;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 128 publicado en
el Registro Of‌i cial 321 de 22 de abril de 2008 se expidió el
Reglamento para la Comercialización de Gas Natural para
el Mercado Industrial;
Que, en ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere
el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador y Acuerdo Ministerial No.
MERNNR-2018-0024,
Acuerda:
Art. 1.- Derogar expresamente el Reglamento para
la Comercialización de Gas Natural para el Mercado
Industrial, expedido mediante Acuerdo Ministerial No. 128
publicado en el Registro Of‌i cial 321 de 22 de abril de 2008.
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