Acuerdos. MIDUVI-MIDUVI-2022-0001-A Expídese el Reglamento para la operatividad de los fondos fijos de caja chica

Número de Boletín20
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Vivienda
Registro Ocial - Tercer Suplemento Nº 20
3
Lunes 14 de marzo de 2022
Dirección: Plataforma Gubernamental de Desarrollo Social Av. Quitumbe Ñan.
Código postal: 170702 / Quito - Ecuador
Teléfono: 593-2-2983600 - www.habitatyvivienda.gob.ec
República
del Ecuador
Minister io de Desarrollo
Urbano y Vivienda
ACUERDO Nro. MIDUVI-MIDUVI-2022-0001-A
SR. LCDO. DARIO VICENTE HERRERA FALCONEZ
MINISTRO
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador regula como una de las
atribuciones de los ministros de Estado: “() Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”.
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador establece que: “Las instituciones del
Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud
de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley.”.
Que, el artículo 165 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, en lo referente a los fondos de
reposición dispone que: “Las entidades y organismos del sector público pueden establecer fondos de reposición
para la atención de pagos urgentes, de acuerdo a las normas técnicas que para el efecto emita el ente rector de
las finanzas públicas. La liquidación de estos fondos se efectuará dentro del ejercicio fiscal correspondiente.”.
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva determina: “De
los Ministros.- Los ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus
ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente
señalados en leyes especiales ()”.
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 0026 de 05 de agosto de 2014 el economista Diego Esteban Aulestia
Valencia, ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda a la fecha, acordó expedir el Reglamento para el Manejo y
Reposición de los Fondos Fijos de Caja Chica del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, en el cual
indicó, entre otros aspectos, que el fondo fijo de caja de chica es un valor permanente y renovable, que tiene
como finalidad pagar obligaciones no previsibles, urgentes y valor reducido que no sean factibles de satisfacer
mediante transferencias bancarias; y que faciliten el normal desenvolvimiento de las actividades institucionales.
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 051-15 de 27 de noviembre de 2015 publicado en el Registro Oficial
Edición Especial Nro. 515 de 25 de febrero de 2016 se expidió la Reforma al Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, dentro del cual, en el artículo 10,
numeral 1.1 literal a) se establecen como atribuciones del ministro/a de Desarrollo Urbano y Vivienda: “() a)
Ejercer la representación legal del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, pudiendo celebrar a
nombre de este, toda clase de actos administrativos, convenios y contratos necesarios para el
cumplimiento de sus objetivos de conformidad a la legislación vigente”.
Que, mediante Acuerdo Nro. 0189 de 10 de octubre de 2016 el Ministerio de Finanzas, sustituyó el numeral
4.10 del Acuerdo Ministerial Nro. 447 publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 259 de 24 de enero
de 2008, en el ámbito de los fondos de reposición.
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 19 de 24 de mayo de 2021 el presidente Constitucional de la República
del Ecuador designó al licenciado Darío Vicente Herrera Falconez como ministro de Desarrollo Urbano y
Vivienda.
Que, mediante memorando Nro. MIDUVI-CGAF-2021-0954-M de 13 de agosto del 2021 la Coordinación
General Administrativa Financiera, remitió a la Coordinación General Jurídica la propuesta de “Reglamento
para el Manejo y Reposición de los Fondos Fijos de Caja Chica del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Vivienda”
Que, mediante memorando Nro. MIDUVI-CGJ-2021-1141-M de 27 de agosto de 2021 la Coordinación Genera
Jurídica remitió a la Coordinación General Administrativa Financiera observaciones a la propuesta de
“Reglamento para el Manejo y Reposición de los Fondos Fijos de Caja Chica del Ministerio de Desarrollo
Urbano y Vivienda” e indicó que “() la Coordinación General Administrativa Financiera previo a la
suscripción de la reforma al reglamento deberá emitir un informe técnico, financiero y administrativo
motivado, mediante el cual se recomiende la suscripción del referido instrumento a la máxima autoridad de
esta cartera de estado.”
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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