Acuerdos. MIDUVI-MIDUVI-2023-0004-A Desígnese como encargado/a para la administración, registro, ejecución y seguimiento del Proyecto Casa Para Todos, al Gerente/a del Proyecto Emblemático Creamos Vivienda

Número de Boletín277
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Vivienda
Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 277
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Lunes 27 de marzo de 2023
ACUERDO Nro. MIDUVI-MIDUVI-2023-0004-A
SRA. MGS. MARÍA GABRIELA AGUILERA JARAMILLO
MINISTRA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que dentro de las
atribuciones de los Ministros de Estado está “() Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su
cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”;
Que el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador establece: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y
la ley”;
Que La Constitución de la República en su artículo 229 señala: “Serán servidoras o servidores públicos todas
las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un cargo, función
o dignidad dentro del sector público ()”;
Que el artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece “() Serán servidoras o servidores
públicos todas las personas que en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten servicios o ejerzan un
cargo, función o dignidad dentro del sector público”;
Que la letra d) del artículo 22 ibidem establece como deberes de los servidores públicos: “Cumplir y respetar
las órdenes legítimas de los superiores jerárquicos ()”;
Que el artículo 7 del Código Orgánico Administrativo establece respecto al principio de desconcentración: “La
función administrativa se desarrolla bajo el criterio de distribución objetiva de funciones, privilegia la
delegación de la repartición de funciones entre los órganos de una misma administración pública, para
descongestionar y acercar las administraciones a las personas”;
Que el artículo 47 del Código Orgánico Administrativo dispone: “Representación legal de las administraciones
públicas. La máxima autoridad administrativa de la correspondiente entidad pública ejerce su representación
para intervenir en todos los actos, contratos y relaciones jurídicas sujetas a su competencia. Esta autoridad no
requiere delegación o autorización alguna de un órgano o entidad superior, salvo en los casos expresamente
previstos en la ley”;
Que el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva determina: “(...)
Los ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus ministerios sin
necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos expresamente señalados en
leyes especiales ()”;
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 3 publicado en el Registro Oficial Nro. 1 del 11 de agosto de 1992, se
creó el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, cartera de Estado que le corresponde definir y emitir las
políticas públicas de hábitat, vivienda, gestión y uso del suelo y emitir las metodologías para formular y valorar
el catastro nacional georreferenciado, a través de las facultades de rectoría, planificación, regulación, control y
gestión;
Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 472 de 05 de julio de 2022 el presidente Constitucional de la República
del Ecuador, designó a la magister María Gabriela Aguilera Jaramillo como ministra de Desarrollo Urbano y
Vivienda;
Que, las Normas de Control Interno expedidas por la Contraloría General del Estado mediante Acuerdo Nro.
039 publicadas en el Registro Oficial Suplemento 87 de 14 de diciembre de 2009, en su norma Nro. 200-05 en
relación a la Delegación de Autoridad establece: “La delegación de funciones o tareas debe conllevar, no sólo
la exigencia de la responsabilidad por el cumplimiento de los procesos y actividades correspondientes, sino
también la asignación de la autoridad necesaria, a fin de que los servidores puedan emprender las acciones
más oportunas para ejecutar su cometido de manera expedita y eficaz. Las resoluciones administrativas que se
adopten por delegación serán consideradas como dictadas por la autoridad delegante. El delegado será
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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