Ordenanzas Municipales GADMM # 11-2013. Ordenanza Municipal GADMM # 11-2013 - Cantón San Francisco de Milagro: Que reforma la Ordenanza de las tarifas y cobros del servicio de agua potable, para el cobro de contribución especial de mejoras de alcantarillado

Número de Boletín945
SecciónOrdenanzas Municipales
EmisorGobiernos Autónomos Descentralizados
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2013

EL I. CONCEJO DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN SAN FRANCISCO DE MILAGRO

Considerando:

Que, el Art. 264 numeral 5, de la Constitución de la República del Ecuador, en relación con las competencias a los GAD, faculta, de manera privativa a las municipalidades, la competencia de crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasa y contribuciones especiales de mejoras.

Que, el Art. 301 de la Constitución de la República del Ecuador, determina que sólo por acto competente se podrán establecer, modificar, exonerar y extinguir tasa y contribuciones. Las tasas y contribuciones especiales se crearan y regularan de acuerdo con la Ley.

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización (COOTAD) en su Art. 583, dispone la contribución del costo del alcantarillado, y dice que el valor total de las obras de alcantarillado que se construyan en un municipio, será íntegramente pagado por los propietarios beneficiados, en la siguiente forma: En las nuevas urbanizaciones, los urbanizadores pagarán el costo total o ejecutarán, por su cuenta, las obras de alcantarillado que se necesiten así como pagarán el valor o construirán por su cuenta los subcolectores que sean necesarios para conectar con los conectores existentes. Para pagar el costo total de los colectores existentes o de los que construyeren en el futuro, en las ordenanzas de urbanización se establecerá una contribución por metro cuadrado de terreno útil. Cuando se trate de construcción de nuevas redes de alcantarillados en sectores urbanizados o de la reconstrucción y ampliación de colectores ya existentes, el valor total de las obras se prorrateara de acuerdo con el valor catastral de las propiedades beneficiadas. Que, la ordenanza para la aplicación de las tarifas y cobros del servicio de agua potable en el cantón Milagro fue discutida y aprobada por el Ilustre Consejo cantonal de Milagro en Sesiones Ordinarias del 31 de marzo del 2010 y 16 de abril del 2010, en primer y segundo debate respectivamente, y publicada en el Registro Oficial de fecha 30 de junio del 2010.

Que, el Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Milagro y el Banco del Estado han suscrito el convenio de Crédito PROMADEC II fase 2 No. 20.846 que financia el proyecto "Implementación de obras de alcantarillado sanitario y pluvial para varios sectores de la ciudad de San...

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