MINEDUC-MINEDUC-2019-00004-Desígnese al señor Diego Javier Zumárraga Rúales, como delegado ante CES

Fecha de publicación11 Julio 2019
Número de Gaceta528
4 – Jueves 11 de julio de 2019 Registro O cial Nº 528
cargo de las nanzas públicas podrá delegar por escrito
las facultades que estime conveniente hacerlo (…)”;
Que el artículo 82 del Código Orgánico Administrativo,
publicado en el Suplemento del Registro O cial No. 31 de
07 de julio de 2017, vigente desde el 07 de julio de 2018,
dispone: “Las competencias de un órgano administrativo
pueden ser ejercidas por el jerárquico inferior en caso de
ausencia del jerárquico superior(…)”
Que el segundo inciso del artículo 17 del Estatuto
del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva dispone: “Los Ministros de Estado, dentro de la
esfera de su competencia, podrán delegar sus atribuciones
y deberás al funcionario inferior jerárquico de sus
respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión
de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente,
siempre y cuando las delegaciones que concedan no
afecten a la buena marcha del Despacho Ministerial,
todo ello sin perjuicio de las funciones, atribuciones y
obligaciones que de acuerdo con las leyes y reglamentos
tenga el funcionario delgado”;
Que el artículo 1 de la Ley del Banco del Instituto
Ecuatoriano de Seguridad Social, publicada en el
Suplemento del Registro O cial No. 587 de 11 de mayo
de 2009 dispone: “Créase el BANCO DEL INSTITUTO
ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL, como una
institución nanciera pública con autonomía técnica,
administrativa y nanciera, con nalidad social y de
servicio público, de propiedad del Instituto Ecuatoriano
de Seguridad Social, denominada en adelante “El Banco”
y, con personería jurídica propia, que se regirá por la
presen te ley y su estatuto.”;
Que el artículo 8 de la Ley del Banco del Instituto de
Seguridad Social dispone que el Directorio del Banco
del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, estará
conformado por cuatro miembros: como delegado
permanente del Presidente de la República estará
el Presidente del Consejo Directivo del Instituto de
Seguridad Social, el titular de la Secretaría de Estado a
cargo de la política económica o su delegado, un delegado
de los a liados activos y un delegado de los jubilados o
sus suplentes;
Que con Decreto Ejecutivo No. 7 de 24 de mayo de 2017
se fusionó el Ministerio de Coordinación de Política
Económica con el Ministerio de Finanzas, modi cándose
su denominación a Ministerio de Economía y Finanzas; y,
Que por medio de Decreto Ejecutivo No. 392 de 15 de mayo
de 2018, el Presidente Constitucional de la República del
Ecuador nombró como Ministro de Economía y Finanzas
al economista Richard Martínez Alvarado.
En ejercicio de las atribuciones que le con eren los artículos
154 de la Constitución de la República del Ecuador, 75 del
Código Orgánico de Plani cación y Finanzas Públicas, y
69 del Código Orgánico Administrativo.
Acuerda:
Art. 1.- Delegar al magíster Fabián Aníbal Carrillo
Jaramillo, Viceministro de Finanzas del Ministerio de
Economía y Finanzas, como delegado permanente ante
el Directorio del Banco del Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social - BIESS.
Art. 2.- El delegado queda facultado para suscribir todos
los documentos, participar en las diligencias, intervenir,
votar, tomar las decisiones que crea pertinentes, en
bene cio de los intereses estatales, con el n de cumplir
a cabalidad con la presente delegación, respondiendo
directamente de los actos realizados en ejercicio de la
misma.
Art. 3.- Derogar todo acto administrativo de igual o menor
jerarquía que se oponga a la presente delegación.
Disposición única.- El presente Acuerdo Ministerial
entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio
de su publicación en el Registro O cial.
Dado, en el Distrito Metropolitano de Quito, a 21 de junio
de 2019.
f.) Eco. Richard Martínez Alvarado, Ministro de Economía
y Finanzas
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS,
Certi co el copia del documento original que reposa en
la Dirección de Certi cación y Documentación.- Fecha 25
de junio de 2019.- 1 h oja.- f.) Director de Certi cación y
Documentación, Ministerio de Economía y Finanzas.
Nro. MINEDUC-MINEDUC-2019-00004-A
Milton Luna Tamayo
MINISTRO DE EDUCACIÓN
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador en su
artículo 227 determina que: “La administración pública
constituye un servicio a la colectividad que se rige por
los principios de e cacia, e ciencia, calidad, jerarquía,
desconcentración, descentralización, coordinación,
participación, plani cación, transparencia y evaluación”;
Que, la Ley Orgánica de Educación Superior en su artículo
167 literal a), determina que el Consejo de Educación
Superior estará integrado entre otros miembros, por el
ministro que dirija el Sistema Educativo Nacional o su
delegado;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 591 de 03 de
diciembre de 2018, el señor Presidente Constitucional de
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