Acuerdos. MINEDUC-MINEDUC-2019-00025-A Deléguese al Coordinador General de Gestión Estratégica para que suscriba el “Convenio de Adhesión entre el Ministerio de Educación y la Dirección General de Registro Civil, Identifi cación y Cedulación”

Número de Boletín532
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Educación
Miércoles 17 de julio de 2019 – 5Registro O cial Nº 532
Acuerda:
Artículo 1.- Disponer a los Coordinadores/as Zonales de
Educación y Subsecretarios/as de Educación del Distrito
Metropolitano de Quito y del Distrito de Guayaquil para
que en caso de ausencia de algún miembro de la Junta de
Distrital de Resolución de Con ictos y/o de sus delegados
permanentes, designen a un servidor de su jurisdicción
para que haga las veces del miembro de la Junta ausente.
Artículo 2.- Los delegados estarán sujetos a lo previsto en
el artículo 71 del Código Orgánico Administrativo, por lo
tanto, en todo acto o resolución que ejecuten o adopten en
virtud de esta delegación, harán constar expresamente esta
circunstancia y en consecuencia serán considerados como
emitidos por la máxima autoridad del Sistema Educativo
Nacional. Sin perjuicio de lo dicho, si en ejercicio de su
delegación violaren la ley o los reglamentos, o se apartaren
de las instrucciones que recibieren, serán responsables con
relación al cumplimiento de esta delegación.
DISPOSICIÓN FINAL.- El presente Acuerdo entrará en
vigencia a partir de su fecha de expedición, sin perjuicio
de su publicación en el Registro O cial.
COMUNÍQUESE, PÚBLÍQUESE Y CÚMPLASE.-
Dado en Quito, D.M., a los 04 día(s) del mes de Abril de
dos mil diecinueve.
Documento rmado electrónicamente
Milton Luna Tamayo, Ministro de Educación.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN.- CERTIFICO.- Es
el copia del documento que reposa en el Archivo del
Despacho Ministerial.- Quito, 12 de mayo de 2019.- f.)
Ilegible, de responsabilidad.
Nro. MINEDUC-MINEDUC-2019-00025-A
Milton Luna Tamayo
MINISTRO DE EDUCACIÓN
Considerando:
Que, el artículo 154 de la Constitución de la República
del Ecuador prescribe: “A las ministras y ministros de
Estado, además de las atribuciones establecidas en la
ley, les corresponde: 1. Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y
resoluciones administrativas que requiera su gestión
(...)”;
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
del Ecuador prevé: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les sean atribuidas en la Constitución
y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 69 del Código Orgánico Administrativo
establece: “Los órganos administrativos pueden delegar
el ejercicio de sus competencias, incluida la de gestión
(...)”;
Que, el artículo 71 del Código Orgánico Administrativo
manda: “Son efectos de la delegación: 1. Las decisiones
delegadas se consideran adoptadas por el delegante. 2.
La responsabilidad por las decisiones adoptadas por el
delegado o el delegante, según corresponda.”;
Que, mediante memorando No. MINEDUC-CGGE-2019-
00246-M de 09 de abril de 2019, el Coordinador General
de Gestión Estratégica solicitó al Ministro de Educación
lo siguiente: “(...) En reuniones técnicas de coordinación
entre ambas instituciones, se ha de nido el mecanismo
adecuado para la transferencia y consumo de datos.
En este sentido, se pone en su consideración el emitir
la delegación que me faculte suscribir un Convenio de
Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de
Educación y la Dirección General de Registro Civil,
Identi cación y Cedulación (Énfasis añadido). Este
tendrá como objeto “viabilizar y formalizar un mecanismo
de validación contra base de datos de registros entre
el Ministerio de Educación y la Dirección General de
Registro Civil, Identi cación y Cedulación” (...)”;
Que, según el informe técnico para suscripción de
Convenio entre el DIGERCIC y MINEDUC de 22 de
marzo de 2019, el Director Nacional de Tecnologías de
Información y Comunicaciones, en la parte pertinente a las
conclusiones, señala: “La suscripción de un convenio de
cooperación interinstitucional de validación de registros
cubriría la demanda institucional de implementar un
mecanismo único para consumo de información necesaria
para procesos como: asignación de cupos, enrolamiento,
diseño de poblaciones objetivo.” y “Se recomienda se
realicen las gestiones necesarias para proceder con la
revisión legal del instrumento borrador propuesto y, una
vez cubiertas las observaciones que sugieren, proseguir
con las acciones que permitan poner en conocimiento
de las autoridades delegadas de ambas instituciones el
documento nal de convenio para su aprobación y rma.”;
Que, mediante autorización inserta en el memorando No.
MINEDUC-CGGE-2019-00246-M de 09 de abril de 2019,
el Ministro de Educación autorizó al Coordinador General
de Gestión Estratégica continuar con la elaboración y
rma del convenio;
Que, es deber de esta Cartera de Estado garantizar la e cacia
y e ciencia de las acciones técnicas y administrativas en
las diferentes instancias del sistema educativo del país; y,
En ejercicio de las atribuciones que le con eren los
artículos 154 numeral 1 de la Constitución de la República
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