Resoluciones 267. Ratifícase la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental de varias concesiones mineras, ubicadas en los cantones Nangaritza y Paquisha, provincia de Zamora Chinchipe y otórgase licencia ambiental a la empresa Condormining Corporation S.A., para la ejecución del Proyecto Cóndor

Número de Boletín6
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio del Ambiente
Fecha de la disposición22 de Abril de 2013

Lorena Tapia Núñez

MINISTRA DEL AMBIENTE

Considerando:

Que, el artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay, y declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados;

Que, el numeral 27 del artículo 66, de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce y garantiza a las personas el derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza;

Que, en el numeral 4 del artículo 276 de la Constitución de la República del Ecuador, señala que el régimen de desarrollo tendrá como uno de sus objetivos el de recuperar y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable que garantice a las personas y colectividades el acceso equitativo, permanente y de calidad al agua, aire y suelo, y a los beneficios de los recursos del subsuelo y del patrimonio natural;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Gestión Ambiental, las obras públicas, privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos ambientales, deben previamente a su ejecución ser calificados, por los organismos descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental, cuyo principio rector será el precautelatorio;

Que, para el inicio de toda actividad que suponga riesgo ambiental, se deberá contar con la licencia ambiental, otorgada por el Ministerio del Ambiente, conforme así lo determina el artículo 20 de la Ley de Gestión Ambiental;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 28 de la Ley de Gestión Ambiental, toda persona natural o jurídica tiene derecho a participar en la gestión ambiental a través de los mecanismos de participación social, entre los cuales se incluirán consultas, audiencias públicas, iniciativas, propuestas o cualquier forma de asociación;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Gestión Ambiental, toda persona natural o jurídica tiene derecho a ser informada sobre cualquier actividad de las instituciones del Estado; que pueda producir impactos ambientales;

Que, de acuerdo al artículo 20 del Sistema Único de Manejo Ambiental, del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, la participación ciudadana en la gestión ambiental tiene como finalidad considerar e incorporar los criterios y las observaciones de la ciudadanía, especialmente la población directamente afectada de una obra o proyecto, sobre las variables ambientales relevantes de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, siempre y cuando sea técnica y económicamente viable, para que las actividades y proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada minimizando y/o compensando estos impactos ambientales a fin de mejorar las condiciones ambientales para la realización de la actividad o proyecto propuesto en todas sus fases;

Que, mediante oficio No. 184-SPA-DINAMI-UAM 00701780 del 13 de febrero del 2007, la Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de Energía y Minas, aprueba el Estudio de Impacto Ambiental de las áreas mineras: Viche Congüime Cuerpo 1 (cód. 2024), Viche Congüime Cuerpo 2 (cód. 2024A), Viche Congüime Cuerpo Tres (cód. 500802), Hitobo (cód. 500115), Fagdoy (cód. 500245) y FJTX (cód. 500135), ubicadas en las parroquias Guayzimi, Zurmi y Nuevo Quito, cantones Nangaritza y Paquisha, provincia de Zamora Chinchipe;

Que, mediante oficio S/N del 06 de enero del 2010, la empresa GoldMarca Mining Ecuador S.A. solicita a la Subsecretaria de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente, se emita el Certificado de Intersección al Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado, del proyecto Cóndor Gold conformado por las áreas mineras: Viche Congüime Cuerpo 1 (cód. 2024), Viche Congüime Cuerpo 2 (cód. 2024A), Viche Congüime Cuerpo Tres (cód. 500802), Hitobo (cód. 500115) y FJTX (cód. 500135), ubicadas en las parroquias Guayzimi, Zurmi y Nuevo Quito, cantones Nangaritza y Paquisha, provincia de Zamora Chinchipe;

Que, mediante oficio No. MAE-DNPCA-2010-0099 del 19 de enero del 2010, la Dirección Nacional de Prevención de la Contaminación Ambiental del Ministerio del Ambiente, emite el certificado de intersección para el área minera Viche Congüime Cuerpo 2 (cód. 2024A), ubicada en la provincia de Zamora Chinchipe, en el cual se concluye que NO INTERSECTA con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado, cuyas coordenadas en UTM son las siguientes:

PUNTO COORDENADAS
X Y
PP 768000 9550000
1 770000 9550000
2 770000 9551000
3 772500 9551000
4 772500 9550700
5 772800 9550700
6 772800 9550200
7 773400 9550200
8 773400 9549500
9 772700 9549500
10 772700 9548800
11 772400 9548800
12 772400 9548500
13 772000 9548500
14 772000 9548200
15 771600 9548200
16 771600 9548000
17 771300 9548000
18 771300 9547000
19 771000 9547000
20 771000 9546600
21 770000 9546600
22 770000 9545700
23 769700 9545700
24 769700 9544500
25 769000 9544500
26 769000 9544200
27 768000 9544200
28 768000 9545000
29 766000 9545000
30 766000 9546700
31 768000 9546700
32 768000 9550000

Que, mediante oficio No. MAE-DNPCA-2010-0100 del 19 de enero del 2010, la Dirección Nacional de Prevención de la Contaminación Ambiental del Ministerio del Ambiente, emite el certificado de intersección para el área minera Viche Congüime Cuerpo Tres (cód. 500802), ubicada en la provincia de Zamora Chinchipe, en el cual se concluye que NO INTERSECTA con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado, cuyas coordenadas en UTM son las siguientes:

PUNTO COORDENADAS
X Y
PP 763000 9542000
1 764000 9542000
2 764000 9545000
3 768000 9545000
4 768000 9539000
5 763000 9539000
6 763000 9541000
7 764000 9541000
8 764000 9540000

9 765300 9540000
10 765300 9541300
11 763000 9541300
12 763000 9542000

Que, mediante oficio No. MAE-DNPCA-2010-0101 del 19 de enero del 2010, la Dirección Nacional de Prevención de la Contaminación Ambiental del Ministerio del Ambiente, emite el certificado de intersección para el área minera Hitobo (cód. 500115), ubicada en la provincia de Zamora Chinchipe, en el cual se concluye que NO INTERSECTA con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado, cuyas coordenadas en UTM son las siguientes:

PUNTO COORDENADAS
X Y
PP 769700 9544500
1 769700 9545700
2 770000 9545700
3 770000 9546600
4 770450 9546600
5 770450 9546450
6 770250 9546450
7 770250 9546000
8 770100 9546000
9 770100 9545600
10 769900 9545600
11 769900 9544900
12 769800 9544900
13 769800 9544400
14 769600 9544400
15 769600 9544250
16 769500 9544250
17 769500 9544100
18 769350 9544100
19 769350 9543700
20 769200 9543700
21 769200 9544200
22 769400 9544200
23 769400 9544400
24 769500 9544400
25 769500 9544500
26 769700 9544500

Que, mediante oficio No. MAE-DNPCA-2010-0102 del 19 de enero del 2010, la Dirección Nacional de Prevención de la Contaminación Ambiental del Ministerio del Ambiente, emite el certificado de intersección para el área minera FJTX (cód. 500135), ubicada en la provincia de Zamora Chinchipe, en el cual se concluye que NO INTERSECTA con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores y Patrimonio Forestal del Estado, cuyas coordenadas en UTM son las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR