Decretos 1507. Decreto 1507 - Suprímese el Ministerio de Coordinacion de Patrimonio

Número de Boletín960-Primer Suplemento
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
Fecha de la disposición 8 de Mayo de 2013

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPÚBLICA

Considerando:

Que el inciso segundo del artículo 275 de la Constitución de la República, determina como deber del Estado planificar el desarrollo del país, para garantizar el ejercicio de los derechos, la consecución de los objetivos del régimen de desarrollo y los principios consagrados en la Constitución;

Que el artículo 313 de la Carta Fundamental establece que se consideran sectores estratégicos la energía en todas sus formas, las telecomunicaciones, los recursos naturales no renovables, el transporte y la refinación de hidrocarburos, la biodiversidad y el patrimonio genético, el espectro radioeléctrico, el agua y los demás que determine la ley; Que el número 1 del artículo 380 de la Carta Magna indica que es responsabilidad del Estado velar, mediante políticas permanentes, por la identificación, protección, defensa, conservación, restauración, difusión y acrecentamiento del patrimonio cultural tangible e intangible, de la riqueza histórica, artística, lingüística y arqueológica, de la...

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