Acuerdos. MINTEL-MINTEL-2023-0014 Refórmese el Acuerdo Ministerial No. MINTEL-MINTEL-2023-0009 de 15 de mayo de 2023

Número de Boletín353
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información
Viernes 14 de julio de 2023Registro Ocial 353
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ACUERDO Nro. MINTEL-MINTEL-2023-0014
SRA. DRA. VIANNA DI MARIA MAINO ISAIAS
MINISTRA DE TELECOMUNICACIONES Y DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
CONSIDERANDO:
Que el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República confiere a las ministras y ministros
de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, la rectoría de las políticas del área a su
cargo, así como la facultad de expedir acuerdos y resoluciones administrativas;
Que el artículo 226 de la Constitución de la República dispone: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de
una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la
Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer
efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que el artículo 140 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones dispone: “El Ministerio encargado del
sector de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información es el órgano rector de las
telecomunicaciones y de la sociedad de la información, informática, tecnologías de la información y las
comunicaciones y de la seguridad de la información. A dicho órgano le corresponde el establecimiento
de políticas, directrices y planes aplicables en tales áreas para el desarrollo de la sociedad de la
información, de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley, su Reglamento General y los planes de
desarrollo que se establezcan a nivel nacional. Los planes y políticas que dicte dicho Ministerio deberán
enmarcarse dentro de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y serán de cumplimiento obligatorio
tanto para el sector público como privado”;
Que el artículo 3 de la Ley Orgánica para la Transformación Digital y Audiovisual dispone: “El ente
rector en materia de telecomunicaciones será la entidad rectora en transformación digital y gobierno
digital, para lo cual ejercerá atribuciones y responsabilidades, así como emitirá las políticas, directrices,
acuerdos, normativa y lineamientos necesarios para su implementación ()”;
Que el artículo 7 de la Ley Orgánica para la Transformación Digital y Audiovisual establece como una
atribución del ente rector de la transformación digital “() o. Emitir las directrices y establecer los
parámetros en materia de la seguridad de la información y ciberseguridad, que las entidades deberán
observar en el establecimiento y ejecución de sus planes de transformación digital y monitorearlos a
través del Centro de Respuestas o Incidentes de seguridad Informática, que será puesto en marcha y
operado por el ente rector de la transformación digital”;
Que el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva, dispone que los Ministros de Estado son competentes para el despacho de todos los asuntos
inherentes a sus ministerios sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los
casos expresamente señalados en leyes especiales;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 8 de 13 de agosto de 2009, el Presidente de la República resolvió
crear el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, como órgano rector del
desarrollo de las Tecnologías de la Información y Comunicación, que incluye las telecomunicaciones y el
espectro radioeléctrico;
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 23 de 24 de mayo de 2021 el Presidente Constitucional de la
República designó a la Dra. Vianna Maino Isaías como Ministra de Telecomunicaciones y de la Sociedad
de la Información;
Que mediante Acuerdo Ministerial No. 015-2019 de 18 de julio de 2019 se aprobó la Política Ecuador
Digital cuyo objetivo “es transformar al país hacia una economía basada en tecnologías digitales,
mediante la disminución de la brecha digital, el desarrollo de la Sociedad de la Información y del
Conocimiento, el Gobierno Digital, la eficiencia de la administración pública y la adopción digital en los
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* Documento firmado electrónicamente por Quipux

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