Acuerdos. MJDHC-CGAJ-2017-0003-A Acéptese La Solicitud De Repatriación Del Ciudadano Ecuatoriano Alain Jesús Avilez Almeida

Número de Boletín81
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos
Lunes 18 de septiembre de 2017 – 9Registro Of‌i cial Nº 81
4. Establecer acuerdos y def‌i nir procedimientos en los
aspectos administrativos, técnicos y logísticos en el
ámbito de sus competencias para el cumplimietno del
objeto del instrumento.
5. Resguardar los intereses institucionales respecto de la
ejecución, calidad y f‌i nalización satisfactoria de las
actividades orinadas por el instrumento.
6. Consolidar el expediente completo respecto a la
ejecución del presente instrumento.
7. Elevar a conocimiento de la máxima autoridad y de la
Dirección de Asuntos Internacionales, las conclusiones
de la ejecución del instrumento.
Artículo 2.- Conforme consta en los artículos 17 y 59
del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva, en todo acto o resolución que vaya a
ejecutar o adoptar en virtud de esta delegación, hará constar
expresamente esta circunstancia y deberá observar las
disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias;
DIPOSICIONES GENERALES
PRIMERA.- El/la servidor/a delegado/a mantendrá bajo
su responsabilidad la custodia de toda la información y
documentación generada en virtud de la presente delegación
debiendo verif‌i car la entrega de una copia del expediente
completo a la Dirección de Asuntos Internacionales.
SEGUNDA.- Para el cabal cumplimiento de lo dispuesto,
la autoridad delegada llevará adelante los procesos
administrativos en apego al ordenamiento jurídico vigente,
e informará inmediatamente a la autoridad delegante,
sobre los actos realizados en ejercicio del presente
Acuerdo Ministerial. Sin perjuicio de la responsabilidad
administrativa, civil o penal por infracciones al
ordenamiento jurídico, la autoridad delegada responderá
por sus actuaciones ante la autoridad delegante.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA.- De la ejecución,
cumplimiento y seguimiento del presente acuerdo
encárguese a todas las autoridades señaladas en el artículo
1 del presente Acuerdo.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en Quito, D.M. , a los 17 día(s) del mes de Agosto de
dos mil diecisiete.
Documento f‌i rmado electrónicamente
Sra. Dra. Rosana Alvarado Carrión, Ministra de Justicia,
Derechos Humanos y Cultos.
MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS
HUMANOS Y CULTOS.- Certif‌i co que a foja(s) 1-3; es
(son) copia (s) del documento que se encuenta en el Sistema
de Gestión Documental Quipux, de esta Cartera de Estado.-
Fecha: 23 de agosto de 2017.- f.) Abg. Priscila Barrera,
Directora Nacional de Secretaría General, Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos.
Nro. MJDHC-CGAJ-2017-0003-A
Sra. Dra. Emma Francisca Herdoíza Arboleda
COORDINADORA GENERAL DE
ASESORÍA JURÍDICA
Considerando:
su artículo 1 señala que: “El Ecuador es un Estado
constitucional de derechos y justicia, social, democrático,
soberano, independiente, unitario, intercultural,
plurinacional y laico. Se organiza en forma de república
y se gobierna de manera descentralizada. La soberanía
radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la
autoridad, y se ejerce a través de los órganos del poder
público y de las formas de participación directa previstas
en la Constitución (...)”;
Que, el artículo 11 de la Carta Magna, establece que el
ejercicio de los derechos se regirán entre otros por lo
determinado en el siguiente principio, numeral 5 señala:
“(...) en materia de derechos y garantías constitucionales,
las servidoras y servidores públicos, administrativos o
judiciales, deberán aplicar la norma y la interpretación
que más favorezcan su efectiva vigencia”.;
Que, el artículo 35 de la Norma Suprema, establece que
las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes,
mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas
privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades
catastróf‌i cas o de alta complejidad, recibirán atención
prioritaria y especializada en el ámbito público y privado;
Que, la Constitución, dispone en el artículo 154 que las
ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: “1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión”;
Que, la República de Turquía con fecha 19 de junio
de 1985 y la República del Ecuador mediante Decreto
Ejecutivo número 272, del 27 de junio de 2005, se adhieren
al Convenio Sobre Traslado de Personas Condenadas de
Estrasburgo de 21 de marzo de 1983;
Que, en el Suplemento del Registro Of‌i cial No. 180 de
10 de febrero del 2014 se publica el Código Orgánico
Integral Penal, mismo que entró en vigencia después de
ciento ochenta días contados a partir de su publicación
en el mencionado registro, los artículos 727 y siguientes
determinan el procedimiento de repatriación de personas
condenadas o privadas de la libertad en diferentes Centros
penitenciarios;
Que, el artículo 727 señala que: “Las sentencias de la
jurisdicción nacional, en las que se impongan penas
privativas de libertad podrán ser ejecutadas en el país de
origen o nacionalidad de la o del sentenciado. Así mismo,
las sentencias de justicia penal extranjera que impongan
penas privativas de libertad a ecuatorianos, podrán
ser ejecutadas en el Ecuador, de conformidad con los
instrumentos internacionales o al amparo del principio de
reciprocidad internacional”;
inm
os acto
Ministe
iva, c
jurídico
ones ante la autoridad delega
FINAL ÚNIC
guimiento
bal cump
ada llevará a
apego al ordenami
mediatamente a la
s realizados en e
erial. Sin perjuicio de la r
civil o penal por in
o la autoridad
di
ante la autoridad delegante.
ÚNICA.-
De la ejecuc
ient
a autor
ejercicio
uicio de la re
vil o penal por
Asun
l caba
egad
n ap
me
os
terial. Sin perjuicio de la resp
civil o penal por infracc
dico, la autoridad delegada res
e la autoridad delegant
los p
rídico vi
ad dele
p
roceso
igent
sto,
s
pr
ca
ega
prese
sabilida
nes
te,
nte
Que
riorit
tró
aria
de
óf‌i cas
ye
araz
e liberta
od
tas m
adas, p
d
de
may
er
la No
yores
vi
rm
rm
encia
os,
y la
derá
exp
stablec
toría
C
ras y m
cidas
itu
Con
minis
ci
ción
alta c
izada
ienes
comp
as co
adolez
j

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR