Acuerdo MJDHC-CGAJ-2018-0098-A Apruébese la reforma al Estatuto de la Fundación Instituto Ecuatoriano de Derecho Penal e Investigaciones Criminológicas, con domicilio en el cantón Quito, provincia de Pichincha

Fecha de publicación03 Enero 2019
Número de Gaceta398
20 – Jueves 3 de enero de 2019 Registro O cial Nº 398
Que mediante solicitud ingresada por el Superior de la
Alta Cámara Provisional de la ORDINIS BAPHOMET
(ORDEN BAPHOMET) en esta cartera de Estado con
documento Nro. MJDHC-CGAF-DSG-2016-4883-E de
26 de abril de 2016, Cantón Quito provincia de Pichincha,
solicito la aprobación del estatuto y la personalidad jurídica
de la mencionada organización.
Que mediante O cio Nro. MJDHC-SDHC-DRPLRCC-
2018-3250-O, de 05 de noviembre de 2018, se remitió al
señor Rodolfo Espinoza Máteron, la comunicación de que
se ha concluido con la revisión de la documentación y que
se procederá con la emisión del informe motivado y del
presente Acuerdo.
Que mediante Informe Motivado Nro. MJDHC-SDHC-
DRPLRCC-109-2018, de 06 de noviembre de 2018, la
Directora de Regulación y Promoción de la Libertad de
Religión, Creencia y Conciencia comunicó al Subsecretario
de Derechos Humanos y Cultos, a través Memorándum
Nro. MJDHC-SDHC-DRPLRCC-2018-0229-M de 07
de noviembre de 2018 que se han cumplimiento de los
requisitos establecidos en la normativa legal aplicable, por
parte de la ORDINIS BAPHOMET (ORDEN BAPHOMET)
del Cantón Quito, provincia de Pichincha y recomienda la
aprobación de su personalidad jurídica; y,
En ejercicio de las facultades previstas en los artículos
66 numeral 13, y 154 numeral 1 de la Constitución de la
República del Ecuador; artículos 37 y 46 del Estatuto del
Código Orgánico Administrativo (COA); de conformidad
con los artículos 2, 7, 9 y 12 del Reglamento para el
Otorgamiento de Personalidad Jurídica a las Organizaciones
Sociales, y, al Acuerdo Ministerial No. MJDHC-MJDHC-
2017-0023-A de 04 de diciembre de 2017.
Acuerda:
Artículo 1.- Aprobar el estatuto y otorgar personalidad
jurídica a la ORDINIS BAPHOMET (ORDEN
BAPHOMET), como una corporación de primer grado
sin nes de lucro, persona jurídica de derecho privado que
para el ejercicio de los derechos y obligaciones se sujetará
estrictamente a lo que determina la Constitución de la
República del Ecuador, el Titulo XXX del Libro Primero
del Código Civil, y, el Reglamento para el Otorgamiento
de Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales,
expedido mediante Decreto Ejecutivo No. 193 de 23
de octubre de 2017, publicado en el Registro O cial
Suplemento No. 109 de 27 de octubre de 2017.
Artículo 2.- La ORDINIS BAPHOMET (ORDEN
BAPHOMET), se obliga a poner en conocimiento del
Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos,
cualquier modi cación en el estatuto, integrantes de su
gobierno interno, inclusión y salida de miembros, y demás
información relevante de las actividades que la organización
realice en apego a la normativa legal vigente y su normativa
interna.
Artículo 3.- La ORDINIS BAPHOMET (ORDEN
BAPHOMET), realizará los trámites pertinentes en el
Servicio de Rentas Internas, a n de obtener el Registro
Único de Contribuyentes - RUC.
Artículo 4.- El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, registra en calidad de miembros fundadores a
las personas de la ORDINIS BAPHOMET (ORDEN
BAPHOMET), que suscribieron el acta constitutiva
de la organización, la misma que consta dentro de los
documentos que forman parte del expediente administrativo
de la entidad.
Artículo 5.- La ORDINIS BAPHOMET (ORDEN
BAPHOMET), convocará a Asamblea General para
la elección de la Directiva, en un plazo máximo de 30
días, contados a partir de la presente fecha, conforme lo
dispone el artículo 16 Reglamento para el Otorgamiento de
Personalidad Jurídica a las Organizaciones Sociales.
Artículo 6.- El Ministerio de Justicia, Derechos Humanos
y Cultos, podrá ordenar la cancelación del registro de la
ORDINIS BAPHOMET (ORDEN BAPHOMET), de
comprobarse las causales establecidas en el artículo 19 del
Decreto Ejecutivo No. 193 de 23 de octubre de 2017.
El presente Acuerdo, entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
O cial.
Comuníquese y publíquese.- Dado en Quito, D.M., a los 08
día(s) del mes de Noviembre de dos mil dieciocho.
f.) Sr. Abg. Alex David Guashpa Gomez, Subsecretario de
Derechos Humanos y Cultos, Subrogante.
RAZÓN: De conformidad a las atribuciones y
responsabilidades conferidas en el Estatuto Orgánico por
Procesos del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y
Cultos, siendo como tal, que el documento que antecede en
tres fojas útiles y que corresponde al Acuerdo Ministerial
Nro. MJDHC-SDHC-2018-0007-A, de 08 de noviembre
de 2018, es igual al que reposa en el Sistema de Gestión
Documental QUIPUX de esta Cartera de Estado.
Quito, 10 de diciembre de 2018.
f.) Ing. María Isabel Alcívar Cedeño, Directora Nacional
de Secretaría General, Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos.
Nro. MJDHC-CGAJ-2018-0098-A
Sr. Mgs. Santiago Esteban Machuca Lozano
COORDINADOR GENERAL DE ASESORÍA
JURÍDICA - DELEGADO DEL MINISTRO DE
JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS
Considerando:
Que la Constitución de la República del Ecuador, en su
artículo 154, numeral 1, determina que, corresponde a
los Ministros de Estado en la esfera de sus competencias
expedir las normas, acuerdos y resoluciones que sean
necesarias para la gestión ministerial;
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