Acuerdos. MJDHC-SDHC-2017-0001-A Ministerio Quíntuple Kabod, Domiciliado En El Cantón Guayaquil, Provincia Del Guayas

Número de Boletín96
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos
8 – Martes 10 de octubre de 2017 Registro Of‌i cial Nº 96
Art. 5.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en
vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin
perjuicio de su publicación en el Registro Of‌i cial y deroga
todo instrumento legal o documento que se oponga a lo
dispuesto en este Acuerdo Ministerial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.-
Dado en la Ciudad de San Francisco de Quito, a 18 de
septiembre de 2017.
f.) Eco. Eva García Fabre, Ministra de Industrias y
Productividad.
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUC-
TIVIDAD.- Certif‌i ca.- Es f‌i el copia del original que
reposa en Secretaría General.- f.) Ilegible.- Fecha: 19 de
septiembre de 2017.- 1 foja.
MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS
HUMANOS Y CULTOS
Nro. MJDHC-SDHC-2017-0001-A
Srta. Dra. Juana Marisol Peñaf‌i el Montesdeoca
SUBSECRETARIA DE DERECHOS
HUMANOS Y CULTOS
Considerando:
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 748 de 14 de
noviembre de 2007, publicado en el Registro Of‌i cial,
Suplemento Nro. 220 de 27 de noviembre de 2007, se crea
el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
la República del Ecuador, dispone: “A las Ministras
y Ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 410, publicado en
el Registro Of‌i cial 235 de 14 de julio de 2010, el señor
Presidente Constitucional de la República, economista
Rafael Correa, decreta que los temas referentes a cultos,
pasan a ser competencia del “Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos”; y, cambia la denominación, por
Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 8 de 24 de mayo
de 2017, publicado en el Registro Of‌i cial, Suplemento
Nro. 16, de 16 de junio de 2017, el señor Presidente
Constitucional de la República, nombra como Ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos a la doctora Rosana
Alvarado Carrión;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. 0082 de 28
de agosto de 2013, el Ministro de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, delegó a el/la Subsecretario/a de
Derechos Humanos y Cultos, la facultad de suscribir
Acuerdos Ministeriales relativos a la aprobación de
personalidad jurídica, reforma de estatutos, disolución y
cancelación de organizaciones religiosas, regidas por la
Ley y el Reglamento de Cultos Religiosos;
Que, mediante Acción de Personal Nro. 002956 de 08
de junio de 2017, se nombró a Juana Marisol Peñaf‌i el
Montesdeoca como Subsecretaria de Derechos Humanos
y Cultos, a partir del 12 de junio de 2017;
del Ecuador, numerales 8 y 13 en su orden, reconocen y
garantizan: “El derecho a practicar, conservar, cambiar,
profesar en público o en privado, su religión o sus
creencias, y a difundirlas individual o colectivamente, con
las restricciones que impone el respeto a los derechos...;
y, “El derecho a asociarse, reunirse y manifestarse en
forma libre y voluntaria”;
Que, el artículo 1 de la Ley de Cultos, publicada en el
Registro Of‌i cial Nro. 547 de 23 de julio de 1937, señala:
Las diócesis y las demás organizaciones religiosas
de cualquier culto que fuesen, establecidas o que se
establecieren en el país, para ejercer derechos y contraer
obligaciones civiles, enviarán al Ministerio de Cultos el
Estatuto del organismo que tenga a su cargo el Gobierno
y administración de sus bienes, así como el nombre de
la persona que, de acuerdo con dicho Estatuto, haya
de representarlo legalmente. En el referido Estatuto se
determinará el personal que constituya el mencionado
organismo, la forma de elección y renovación del mismo y
las facultades de que estuviere investido”;
Que, la Reforma Integral del Estatuto Orgánico de
Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos publicada en el
Registro Of‌i cial Suplemento No. 116 de 28 de marzo de
2014, establece en el artículo 3, numeral 2 como uno de
los objetivos de esta Cartera el “Impulsar la libertad de
religión, creencia y conciencia con responsabilidad para
el mantenimiento de la paz social; y regular su adecuado
accionar en la sociedad”;
Que, el Estatuto mencionado en el considerando anterior
establece en el numeral 2.1.1., literal b), numeral 45, como
responsabilidad de la Subsecretaría de Derechos Humanos
y Cultos “ Apoyar la gestión de políticas de protección al
ejercicio de la libertad a practicar una religión, creencia
o no práctica religiosa”; y, en el numeral 2.1.1.3, literal
b), numeral 16 señala que la Dirección de Regulación
y Promoción de la Libertad de Religión, Creencia y
Conciencia, departamento que pertenece a la Subsecretaría
mencionada, tiene entre otras responsabilidades, la
de “Elaborar y emitir informes sobre estatutos de
organizaciones relacionados con las competencias del
Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos”;
Que, mediante comunicación de 09 de mayo de 2016,
ingresada a esta Cartera de Estado, con trámite Nro.
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Considerando:
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