Acuerdos 006-2015. Modifícase el Acuerdo Ministerial No. 181 de 15 de septiembre de 2011
Número de Boletín | 439 |
Sección | Acuerdos |
Emisor | Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información |
Fecha de la disposición | 27 de Enero de 2015 |
EL MINISTRO DE TELECOMUNICACIONES
Y DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador confiere a las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, la rectoría de las políticas del área a su cargo, así como la facultad de expedir acuerdos y resoluciones administrativas;
Que, el artículo 226 de la Carta Magna dispone: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución.";
Que, el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, en su artículo 89 establece, "Los actos administrativos que expidan los órganos y entidades sometidos a este estatuto se extinguen o reforman en sede administrativa de oficio o a petición del administrado.";
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 8 de 13 de agosto de 2009, publicado en el Registro Oficial No. 10 de 24 de agosto de 2009, el Presidente de la República creó el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información y restructuró el esquema institucional del sector de las telecomunicaciones en el Ecuador;
Que, conforme lo determina en el numeral 1 del artículo 2 del citado Decreto, corresponde al Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, entre otros, el formular, dirigir, coordinar y evaluar las políticas, planes y proyectos para la promoción de la Sociedad de la Información y del Conocimiento y las Tecnologías de la Información y Comunicación;
Que, el artículo 3 del Decreto en referencia, dispone que para el cumplimiento de las funciones ministeriales, el Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, podrá expedir las normas, acuerdos y resoluciones que requiera la gestión ministerial;
Que, con Decreto Ejecutivo No. 448 de 15 de septiembre de 2014, el señor Presidente de la República...
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