Resoluciones 178/2015. Modifíquese la Regulación Técnica de Aviación Civil RDAC Parte 61 'Certificación para Pilotos, Licencias y Habilitaciones'

Número de Boletín561
SecciónResoluciones
EmisorDirección General de Aviación Civil
Fecha de la disposición14 de Julio de 2015

LA DIRECCION GENERAL DE

AVIACION CIVIL

Considerando:

Que, la Dirección General de Aviación Civil mediante Resolución No. 157/2012 de 29 de mayo del 2012, aprobó las Regulaciones Técnicas de Aviación Civil, RDAC Parte 61 "Certificación para Pilotos, Licencias y Habilitaciones" y sus modificaciones mediante Resoluciones Nos. 200/2013, 357/2013 de fecha 11 de julio y 07 de Octubre del 2013 respectivamente y 558/2014 de 02 de diciembre del 2014;

Que, en la rendición de cuentas efectuado a finales del año 2014 por la Dirección Regional III, el Aeroclub Social y Deportivo Pastaza solicitó justificadamente se revea el requisito establecido en la RDAC 61.245 literal (a) (1) (v) (A) referente al cumplimiento de las 100 millas en vuelo visual nocturno como experiencia de vuelo para la obtención de la licencia de piloto privado; particular que fue nuevamente requerido mediante Oficio No. 023-20 J 5-EAP de 15 de abril del 2015;

Que, la solicitud presentada por el Aeroclub fue puesta en consideración de un equipo de trabajo designado por la Dirección de Inspección y Certificación Aeronáutica, quienes una vez efectuado el análisis correspondiente, mediante Memorando Nro. DGAC-OX-2015-0904-M de 13 de mayo de 2015, presentaron al Comité de Normas la propuesta de modificación a la RDAC Parte 61, recomendando reservar el requisito establecido en la sección 61.245 literal (a) (1) (v) (A);

Que, una vez cumplido con el procedimiento establecido para el efecto, el Comité de Normas en sesión efectuada el 01 de julio del 2015, analizó el proyecto de modificación a la RDAC Parte 61 y considerando que este requerimiento no está contemplado en la Norma OACI, tampoco en el Reglamento Aeronáutico Latinoamericano correspondiente y por su inaplicabilidad en el país, resolvió en consenso recomendar al Director General aprobar la modificación de regulación antes citada con la eliminación del texto de la sección 61.245 literal (a) (1) (v) (A) "Un vuelo de travesía de más de cien (100) millas náuticas de distancia total";

Que, de acuerdo con el Art. 6, numeral 3, literal a) de la Ley de Aviación Civil, publicada en el...

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