Resoluciones. 450-2018-F Modifíquese el Libro I Sistema Monetario y Financiero, Título II Sistema Financiero Nacional de la Codifi cación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros
Número de Boletín | 358 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Banco Central del Ecuador |
34 – Martes 30 de octubre de 2018 Registro Ofi cial Nº 358
588 del Código Civil, detallados en el Informe No.
BCE-DA-GBIYM-185-2018 de 15 de agosto de 2018,
suscrito por el ingeniero Mauricio Zapata, Especialista de
Infraestructura 1.
Artículo 2.- Disponer a la Directora Administrativa, al
Director Financiero y de Presupuesto y al Guardalmacén
General del Banco Central del Ecuador o quienes hagan
sus veces, suscribir con la Presidencia de la República,
el acta de entrega - recepción del bien inmueble
descrito en el artículo precedente, con sujeción a las
disposiciones contenidas en el Reglamento General para
la Administración, Utilización, Manejo y Control de los
Bienes e Inventarios del Sector Público.
Artículo 3.- Disponer a la Dirección Financiera y
Presupuesto del Banco Central del Ecuador, realizar
los registros contables que correspondan, conforme
lo determinado en el Reglamento General para la
Administración, Utilización, Manejo y Control de los
Bienes e Inventarios del Sector Público, a efectos de
dejar constancia de la transferencia, en la contabilidad del
Banco Central del Ecuador.
Artículo 4.- Disponer a la Directora Administrativa del
Banco Central del Ecuador, realizar todos los trámites
necesarios para el perfeccionamiento de la transferencia
de dominio a título gratuito bajo la fi gura de transferencia
gratuita a favor de la Presidencia de la República; y,
coordinar con la misma, el pago de los gastos que demande
la celebración e inscripción de la escritura pública de
transferencia de dominio, precisando que dicha operación
estará exenta del pago de impuestos, pero no de tasas
ni de contribuciones especiales conforme lo establecido
en los artículos 35 de del Código Tributario y 534 del
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía
y Descentralización.
Artículo 5.- Disponer a la Dirección de Gestión
Documental y Archivo, notifi car con el contenido de la
presente Resolución a la Presidencia de la República y
al Servicio de Gestión Inmobiliaria del Sector Público-
INMOBILIAR.
DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Resolución entrará
en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Ofi cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en Quito, D.M., a 01 de Octubre 2018.
f.) Verónica Artola Jarrín, Gerente General, Banco Central
del Ecuador.
BANCO CENTRAL DEL ECUADOR.- Certifi co es fi el
copia de los documentos que reposan en el archivo central
de la institución a 7 fojas.- Fecha: 04 de octubre de 2018.-
f.) Dra. María del Cisne López Cabrera, Directora de
Gestión Documental y Archivo.
No. 450-2018-F
LA JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN
MONETARIA Y FINANCIERA
Considerando:
Que el artículo 310 de la Constitución de la República
dispone que el crédito que otorgue el sector fi nanciero
público se orientará de manera preferente a incrementar la
productividad y competitividad de los sectores productivos
que permitan alcanzar los objetivos del Plan Nacional de
Desarrollo y de los grupos menos favorecidos, a fi n de
impulsar su inclusión activa en la economía;
Que el artículo 14, numerales 7, 23 y 31 del Código
Orgánico Monetario y Financiero establecen, como
funciones de la Junta de Política y Regulación Monetaria y
Financiera, aprobar la programación monetaria, crediticia,
cambiaria y fi nanciera, que se alineará al programa
económico del gobierno; establecer niveles de crédito,
tasas de interés, reservas de liquidez, encaje y provisiones
aplicables a las operaciones crediticias, fi nancieras,
mercantiles y otras, que podrán defi nirse por segmentos,
actividades económicas y otros criterios; establecer
directrices de política de crédito e inversión y, en general,
sobre activos, pasivos y operaciones contingentes de las
entidades del sistema fi nanciero nacional, de conformidad
con este Código;
Que mediante resolución No. 385-2017-A de 22 de
mayo de 2017 publicada en el Registro Ofi cial Segundo
Suplemento No. 22 de 26 de junio de 2017, la Junta de
Política y Regulación Monetaria aprobó la Codifi cación
de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y
Seguros;
Que la Subsecretaría de Planifi cación y Política Sectorial
e Intersectorial del Ministerio de Economía y Finanzas,
mediante memorando No. MEF-SPP-2018-0021-M de
7 de septiembre 2018, y alcance No. MEF-SPP-2018-
0022-M de 12 de septiembre de 2018, dirigidos al
Viceministro de Economía del Ministerio de Economía
y Finanzas, remite los memorandos internos Nos. MEF-
CFM-2018-005; MEF-CFM-2018-008 de 5 y 12 de
septiembre de 2018 respectivamente, de la Coordinación
Estratégica del Sector Financiero Monetario de esta
Cartera de Estado, relativo al Programa de Crédito para
las entidades del sector fi nanciero público a fi n de que se
someta a consideración de la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera, para su debido conocimiento y de
ser el caso su aprobación;
Que la Junta de Política y Regulación Monetaria y
Financiera en sesión ordinaria por medios tecnológicos
convocada el 12 de septiembre de 2018, con fecha 14 de
septiembre de 2018, conoció y aprobó las reformas a la
Codifi cación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de
Valores y Seguros, expedidas por la Junta de Política y
Regulación Monetaria y Financiera, relativo al “Programa
de crédito para las entidades del sector fi nanciero público”;
y,
En ejercicio de sus funciones,
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